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Desde la última vez que se conectó, nuestra declaración de privacidad ha sido actualizada. Queremos asegurarnos de que esté al día de los cambios y, por ello, le pedimos que se tome un momento para revisarlos. No seguirá recibiendo las suscripciones de KPMG hasta que acepte los cambios.
Las personas físicas extranjeras que adquieren la residencia en España están sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en todo el mundo. Los no residentes estarán sujetos al IRPF, pero sólo sobre las rentas y ganancias patrimoniales obtenidas de fuentes españolas.
Podría existir un régimen fiscal especial para cesionarios entrantes para aquellas personas físicas que se conviertan en residentes fiscales españoles como consecuencia de su traslado a España o de la adquisición de un cargo directivo en una entidad, siempre que se cumplan determinados requisitos.
Los miembros de una unidad familiar pueden optar por presentar declaraciones de impuestos por separado. Si uno de los miembros de la unidad familiar opta por presentar una declaración separada, los demás miembros de la unidad familiar deberán, en general, presentar también una declaración separada.
En los territorios del País Vasco (Vizcaya, Guipúzcoa y Álava) y Navarra se aplica una normativa específica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, escalas de tipos y un régimen especial para los cesionarios entrantes, por lo que debe solicitarse asesoramiento sobre el tratamiento fiscal específico aplicable en los mismos para las cesiones a/desde ellos.

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El reglamento general de protección de datos de la UE 2016/679 (GDPR) entrará en vigor el 25 de mayo de 2018. Lamentablemente, Bruselas no ha proporcionado una visión clara de los 99 artículos y 173 considerandos. El PrivazyPlan® cubre esta carencia (con un índice, referencias cruzadas, énfasis, correcciones y una función de dossier). Protección de datos/Privacidad/Privazy según el plan.
=> Considerando: 13, 39, 82=> multa administrativa: Art. 83 (4) lit a=> Expediente: Registros de las actividades de tratamiento 1. Cada responsable del tratamiento y, en su caso, el representante del responsable, mantendrá un registro de las actividades de tratamiento bajo su responsabilidad. Dicho registro contendrá toda la información siguiente:
=> Artículo: 4=> Expediente: Obligación, Representantes a) el nombre y los datos de contacto del responsable del tratamiento y, en su caso, del corresponsable del tratamiento, del representante del responsable del tratamiento y del delegado de protección de datos;
=> Dossier: Divulgación, Transferencia a terceros países (e) en su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país o a una organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias a que se refiere el segundo párrafo del apartado 1 del artículo 49, la documentación de las garantías adecuadas;

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Con la intención de favorecer la internacionalización de las empresas españolas y su competitividad, se introdujo en el IRPF una exención para las rentas percibidas por trabajos realizados en el extranjero cuando se cumplan determinados requisitos, con el límite máximo de 60.100 euros anuales.
Hay que decir, en relación con el primer requisito, que en caso de comprobación por parte de la Administración española, el trabajador desplazado tendrá que poder justificar el desplazamiento efectivo al extranjero mediante, por ejemplo, sellos de pasaporte, tarjetas de embarque, facturas de hotel, contratos de alquiler o cualquier otro documento que acredite el desplazamiento efectivo al extranjero.
En relación con el segundo requisito, se exige que el expatriado realice trabajos para una empresa no residente o para un establecimiento permanente radicado en el extranjero, sin mencionar la residencia del pagador de los rendimientos del trabajo, por lo que ello no afectará a la aplicación de la exención. No obstante, no hay que olvidar que si el pagador de los rendimientos es no residente, hay que revisar el correspondiente Convenio de Doble Imposición.

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