Baja de un comunero en una comunidad de bienes

Derechos de los copropietarios de bienes

La copropiedad de un inmueble por parte de dos o más personas no casadas viene acompañada de normas especiales que afectan a la gestión de los bienes en copropiedad y, en particular, a lo que se hace cuando la copropiedad llega a su fin. Este artículo analiza cómo los individuos deben prepararse para los posibles escollos de la copropiedad.
La copropiedad, o propiedad en indivisión, es un método por el cual más de una persona puede ser dueña de una determinada propiedad en Luisiana. Cualquier cosa puede ser copropiedad, desde un terreno baldío hasta una cuenta de corretaje. Junto con la copropiedad de la propiedad de dos o más personas no casadas vienen reglas especiales que afectan a cómo se administra la propiedad copropietaria y, en particular, lo que se hace cuando la copropiedad llega a su fin. (Este artículo no se refiere a los bienes en copropiedad de los cónyuges, que se consideran bienes gananciales en Luisiana).
En general, la propiedad en copropiedad se gestiona por acuerdo entre los copropietarios y todos los copropietarios tienen derecho a utilizar la propiedad como consideren oportuno. Si la propiedad produce algún ingreso, ese ingreso debe repartirse entre los copropietarios según sus cuotas de propiedad.

¿qué ocurre con una propiedad conjunta si uno de los propietarios fallece? filipinas

Los arrendatarios en común significan que cada cónyuge es propietario de su parte de la vivienda y que cada cónyuge puede disponer de su parte mediante un testamento. Por ejemplo, el cónyuge A puede poseer el 50% de la vivienda y el cónyuge B el otro 50%. Los inquilinos en común también pueden compartir de forma desigual la propiedad de la vivienda conyugal si se especifica en el título de propiedad.
Normalmente, los cónyuges deciden ser propietarios de su vivienda como coarrendatarios. Al hacerlo, pueden confiar en que, si el cónyuge A fallece, el cónyuge B será el único propietario de la vivienda. Este “derecho de supervivencia” permite que el cónyuge superviviente sea el único propietario de la vivienda sin necesidad de testar en el testamento del cónyuge fallecido.
Sin embargo, pueden surgir problemas cuando los cónyuges se separan, sobre todo si los cónyuges todavía tienen que resolver la división de los bienes matrimoniales de una separación, pero han actualizado sus testamentos. Por ejemplo, el Cónyuge A puede querer dejar su “parte” de la casa a otra persona que no sea su cónyuge separado. Si la casa es de propiedad conjunta, prevalecerá el derecho de supervivencia y el Cónyuge B seguirá recibiendo la casa a la muerte del Cónyuge A. Esto es cierto incluso si el Cónyuge A nombró a otra persona como beneficiario de la casa en su testamento. Pero, si la casa es propiedad de los cónyuges como arrendatarios en común, entonces el derecho de supervivencia no se aplica y el Cónyuge A puede distribuir su parte de la casa a quien quiera en su testamento, sujeto a los intereses de la dote y a cualquier reclamación concurrente del Cónyuge B para dividir la casa como parte de los bienes matrimoniales. Además, un beneficiario de la participación en la casa puede potencialmente forzar la venta de la casa, dejando al Cónyuge B en una situación desafortunada.

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El co-arrendamiento o co-arrendamiento es un concepto en la ley de propiedad que se utiliza para describir las diversas formas en que un pedazo de la propiedad puede ser propiedad de dos o más personas al mismo tiempo. La copropiedad es una versión de la copropiedad que otorga a los copropietarios los mismos derechos sobre el bien, además del derecho de supervivencia. Esto significa que ambas partes pueden utilizar libremente el bien como quieran. Pero si uno de los inquilinos fallece, su participación en la propiedad pasa al propietario o propietarios supervivientes.
Esta relación puede romperse si una o varias de las partes implicadas venden su participación en el bien a otra persona. Así, se convierte en una tenencia en común (TIC), que es una forma menos restrictiva de copropiedad.

Conflictos de copropiedad

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La tenencia en común (TIC) es un acuerdo en el que dos o más personas comparten los derechos de propiedad de un inmueble o parcela. Cada propietario independiente puede controlar un porcentaje igual o diferente del total de la propiedad, que puede ser comercial o residencial. Cuando un inquilino en común fallece, su parte de la propiedad pasa a su patrimonio; tiene derecho a dejarla a cualquier beneficiario que elija.
Cuando dos o más personas poseen una propiedad como inquilinos en común (TIC), todas las áreas de la propiedad son propiedad del grupo a partes iguales, pero los co-inquilinos pueden tener una cuota diferente de intereses de propiedad. Por ejemplo, Sarah y Debbie pueden poseer cada una el 25% de una propiedad, mientras que Leticia posee el 50%.

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