Contrato de autonomo dependiente

Contrato de autonomo dependiente

Empleo encubierto

Figura 1. Evolución del empleo por cuenta propia en la UE y en una serie de países europeos seleccionados, 2007-2012-2017 (empleo por cuenta propia en % del empleo total). Fuente: Cálculos propios sobre la base de datos en línea de Eurostat “Empleo y desempleo (EPA)” [lfsa_esgais] https://ec.europa.eu/eurostat/data/database.

Figura 2. Crecimiento medio anual del autoempleo en la UE y en una serie de países europeos seleccionados, 2007-2017. Fuente: Cálculos propios sobre la base de datos en línea de Eurostat “Employment and unemployment (LFS)” [lfsa_esgais] https://ec.europa.eu/eurostat/data/database.

Como se ha mencionado en el apartado anterior, el concepto de autoempleo abarca una gran variedad de situaciones -como el falso autoempleo, los trabajadores autónomos económicamente dependientes, los trabajadores de plataforma, los autoempleados que ofrecen un trabajo o servicio personal a una multitud de clientes, los pequeños empresarios, etc.- que también están desafiando las categorías jurídicas actuales. A pesar de los rápidos cambios descritos en las últimas décadas, la mayoría de los sistemas nacionales de derecho laboral siguen girando en torno a una dicotomía entre el empleo subordinado/dependiente, por un lado, y el autoempleo autónomo/independiente, por otro.

Significado del empleo dependiente

IntroducciónLa relación laboral entre un empresario y un trabajador suele ser jerárquica, mientras que las relaciones entre empresas son, en comparación, de carácter más igualitario. En las últimas décadas, hemos asistido a un aumento de las actividades de externalización y subcontratación que han parecido sustituir la jerarquía en las empresas por formas de gobierno de mercado. Sin embargo, hay pruebas de que una parte cada vez mayor de las actividades de subcontratación hace que los trabajadores subcontratados dependan económicamente de las empresas con las que contratan y estén jerárquicamente subordinados a ellas (OIT 2003; EIRO 2002; OCDE 2000). Estas relaciones se han denominado “autoempleo dependiente”.Nota 1

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Las características de la muestra, presentadas en el cuadro 2, muestran que los autónomos dependientes son más parecidos a los trabajadores por cuenta propia que a los asalariados en la mayoría de las características observadas. Por ejemplo, el 73% de los autónomos dependientes son hombres, frente al 74% de los autónomos y el 58% de los asalariados. Por término medio, los autónomos dependientes tienen 43 años, los autoempleados 44 años y los asalariados 39 años. La distribución del nivel de estudios más alto también es más similar entre los autónomos dependientes y los autónomos que entre los autónomos dependientes y los asalariados.Nota 3 Del mismo modo, las distribuciones por ocupaciones y sectores son más comparables entre los autónomos dependientes y los autónomos que entre los autónomos dependientes y los asalariados.

Ejemplo de empleo encubierto

Numerosos estudios a nivel estatal muestran que entre el 10 y el 20 por ciento de los empresarios clasifican erróneamente al menos a un trabajador como contratista independiente. La clasificación errónea de contratista independiente (CI) se produce cuando un trabajador que debería ser considerado empleado directo de una empresa -y recibir un formulario W-2 para presentar con la declaración de la renta- es tratado como autónomo, contratista “independiente”, y recibe en su lugar un formulario 1099-MISC (ingresos varios). Es probable que el número total haya aumentado en los últimos años, ya que a los trabajadores de sectores tradicionales como la construcción, el transporte por carretera y la escenografía se ha unido un creciente grupo de “trabajadores a la carta”, que a menudo reciben sus encargos a través de Internet (Weber y Silverman, 2015). Los contratistas independientes que trabajan en la economía a la carta incluyen a trabajadores técnicos, limpiadores de casas, conductores y decenas de otros, algunos de los cuales son empleados mal clasificados. Todos los contratistas independientes, en los sectores antiguos o nuevos, no tienen derecho a prestaciones como el salario mínimo, el pago de horas extras, el seguro de desempleo y la indemnización por accidente laboral.

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Ilo autoempleo

Si resulta que un supuesto contratista es, en realidad, un empleado, el empresario se enfrentará a una serie de riesgos en lo que respecta a la protección contra el despido, la seguridad social, las cuestiones fiscales e incluso posibles acusaciones penales.

La legislación alemana describe a los contratistas (también conocidos como consultores, autónomos o freelancers) como personas que realizan un trabajo en virtud de un contrato de derecho privado y, fundamentalmente, que tienen libertad para determinar el contenido de su trabajo y los detalles relativos a la forma en que llevan a cabo sus servicios. La prestación de sus servicios suele estar regulada en un contrato de servicios (Dienstvertrag) o en un contrato de trabajo (Werkvertrag). Este último se utiliza cuando se puede definir un proyecto específico que se completará en un plazo definible.

Cuando los miembros del equipo reciben instrucciones individuales de la empresa y no pueden elegir cómo organizar su tiempo de trabajo, éste puede ser un factor que tiende a indicar la condición de empleado. Otros factores que indican la condición de empleado son la recepción de determinados beneficios, como tarjetas de visita o direcciones de correo electrónico de la empresa (sin mencionar que son externas), insignias de la empresa, acceso a su propio espacio de oficina o participación en eventos de la empresa, como fiestas de Navidad o eventos de ocio. Además, el contratista debe tener presencia en el mercado y asumir el riesgo empresarial. Los recursos propios y el espacio de oficina propio también son una ventaja.

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