Contenidos
- Cómo parar el desahucio tras una orden judicial
- ¿Se puede parar un desahucio pagando?
- ¿Puede el propietario obligar al inquilino a marcharse?
- ¿Qué es una estancia por dificultades económicas?
- Cómo detener un desahucio en Carolina del Sur
- ¿Qué ocurre si el inquilino no paga el alquiler?
- ¿Qué ocurre si un inquilino se niega a pagar el alquiler?
- ¿Cómo puedo hacer frente a un inquilino que no paga el alquiler?
- Cómo detener el desalojo durante la covid
- ¿Qué hacer si un inquilino se niega a irse?
- ¿Qué ocurre si el inquilino se niega a marcharse tras la notificación de desahucio?
- ¿Qué no puede hacer un propietario?
- Cómo detener el desalojo en Texas
Cómo parar el desahucio tras una orden judicial
Recibir un aviso no siempre significa que tengas que abandonar tu casa en la fecha que indica. En la mayoría de los casos, el propietario tiene que obtener una orden judicial antes de poder desalojarle y no puede solicitar una orden judicial hasta que se haya agotado el periodo de notificación. La orden judicial se llama “orden de posesión”.
Sin embargo, hay algunos tipos de arrendamiento en los que el propietario no necesita obtener una orden judicial para desalojarte. Se trata de los inquilinos que viven en la misma vivienda que el propietario. Si compartes vivienda con tu casero y éste quiere desahuciarte, deberías pedir consejo al Citizens Advice más cercano.
También puedes reclamar una indemnización en los tribunales. Si consigues una indemnización suficiente, el tribunal la utilizará para reducir el importe del alquiler atrasado. Comprueba si tu problema de vivienda es una discriminación para ver si puedes defender tu desahucio o presentar una reclamación.
Si eres un inquilino privado con un contrato de arrendamiento a corto plazo asegurado, es posible que tu casero haya obtenido una orden de posesión sin necesidad de una audiencia judicial. Te dirán que abandones la vivienda en un plazo no superior a 14 días desde la concesión de la orden, aunque es posible pedir que se retrase esta fecha en determinadas circunstancias.
¿Se puede parar un desahucio pagando?
Si no puedes convencer a tu casero de que te permita quedarte, es posible que puedas convencer al tribunal de que detenga el desahucio si se da alguna de las siguientes circunstancias: ahora puedes pagar el alquiler y los atrasos. tu casero no ha seguido los procedimientos correctamente.
¿Puede el propietario obligar al inquilino a marcharse?
Según la ley, el inquilino tiene derecho a acudir a los tribunales y defenderse de un desalojo ilegal. … El inquilino debe dar este paso en caso de que el arrendador le obligue a abandonar el local sin la debida notificación.
¿Qué es una estancia por dificultades económicas?
Con una suspensión por dificultades económicas, puede obtener hasta seis meses. Y si el juez acepta anular la sentencia, podrá quedarse indefinidamente. Orden de expulsión ordenada. El juez puede aprobar su solicitud de una orden de expulsión ordenada si está de acuerdo en mudarse pero sólo necesita un poco más de tiempo para hacerlo.
Cómo detener un desahucio en Carolina del Sur
Su casero puede desahuciarle por no pagar el alquiler, aunque sólo le falten unos dólares o se retrase un día. Si recibe una notificación de desahucio de 10 días, tiene cinco días para pagar y anular el desahucio. Por otra parte, si el arrendador miente, tiene cinco días para solicitar la resolución de la disputa, de modo que pueda demostrar a un árbitro que, de hecho, pagó la totalidad del alquiler a tiempo. Si no eliges ninguna de las dos opciones en los cinco días siguientes a la recepción de la notificación de desahucio, deberás mudarte antes del décimo día. Consulte el artículo 46 de la Ley de Arrendamientos Residenciales (RTA) para obtener más información.
Solicitud directa: El aviso de desahucio de 10 días es el más grave de los cuatro tipos de desahucio. Si no paga el alquiler ni solicita la resolución del conflicto en los cinco días siguientes a la recepción de la notificación, el propietario puede utilizar el proceso de “solicitud directa” de la Oficina de Arrendamientos Residenciales para obtener rápidamente una orden de posesión sin ni siquiera participar en una audiencia de resolución de conflictos.
Si cree que su casero le ha dado injustamente un aviso de desahucio de un mes, tiene 10 días para impugnar el aviso solicitando una audiencia de resolución de conflictos a través de la Oficina de Arrendamientos Residenciales (RTB). En la audiencia, se le dará la oportunidad de presentar pruebas en apoyo de su caso, pero la carga de la prueba recaerá en el arrendador para convencer al árbitro de que confirme la notificación de desahucio.
¿Qué ocurre si el inquilino no paga el alquiler?
Al no pagar el alquiler, el inquilino ha incumplido las condiciones del contrato de arrendamiento, lo que significa que usted puede entregarle una notificación de la Sección 8 en cualquier momento del arrendamiento. El inquilino puede impugnar el desahucio, por lo que debes estar preparado con pruebas de los impagos del alquiler y de tus esfuerzos por resolver el problema.
¿Qué ocurre si un inquilino se niega a pagar el alquiler?
Si el inquilino no cumple con los motivos legales y se niega a mudarse, podría iniciarse un procedimiento de desahucio. Los motivos válidos para solicitar el desalojo al tribunal son el impago del alquiler y la negativa a mudarse después del periodo de alquiler.
¿Cómo puedo hacer frente a un inquilino que no paga el alquiler?
Si el inquilino no paga intencionadamente el importe del alquiler (establecido en el contrato de alquiler) durante más de 15 días después de la fecha de vencimiento, puedes presentar la demanda de desahucio. Si el inquilino ha subarrendado una casa/piso/propiedad ya alquilada a otra persona sin su consentimiento o reconocimiento.
Cómo detener el desalojo durante la covid
El 2 de septiembre de 2020, los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) de EE.UU. emitieron una orden de salud pública para impedir temporalmente que los propietarios tomen medidas para desalojar a los inquilinos que presenten una declaración de que no pueden pagar el alquiler y cumplan otros requisitos. La orden original establecía dicha protección hasta el 30 de diciembre de 2021, pero se prorrogó varias veces desde entonces, la última hasta el 31 de julio de 2021
El Consejo Judicial ha aprobado varios formularios nuevos de detención ilegal y ha revisado dos formularios existentes en respuesta a la legislación estatal establecida y modificada varias veces desde el comienzo de la pandemia. Los siguientes formularios han sido adoptados o revisados desde el 5 de octubre de 2020 para implementar las disposiciones de la ley estatal:
¿Qué hacer si un inquilino se niega a irse?
Si el inquilino no quiere marcharse incluso después de haber finalizado el periodo de alquiler, puede dirigirse al Tribunal Civil, bajo cuya jurisdicción se encuentra su propiedad. Puede solicitar el desalojo de su inquilino, pero tendrá que acatar la decisión del Tribunal, sea o no a su favor.
¿Qué ocurre si el inquilino se niega a marcharse tras la notificación de desahucio?
Si los inquilinos no se van al final del periodo de notificación, los propietarios deben solicitar al tribunal una orden de posesión, que les da derecho a desalojar a los inquilinos y tomar posesión de la propiedad. … La orden de posesión no entrará en vigor hasta que los inquilinos lleven viviendo en la vivienda al menos seis meses.
¿Qué no puede hacer un propietario?
Un propietario no puede negarse a alquilar a personas de una clase protegida. Un propietario no puede proporcionar servicios o instalaciones diferentes a los inquilinos de una clase protegida, ni exigir una fianza mayor, ni tratar de forma diferente los pagos atrasados del alquiler. Un arrendador no puede poner fin a un alquiler por una razón discriminatoria.
Cómo detener el desalojo en Texas
Si usted alquila por mes y no tiene un acuerdo sobre la duración de su alquiler, usted es un inquilino “mes a mes”. Si no tiene un contrato de alquiler por escrito, se le considera un inquilino “mes a mes”. Además, los contratos de arrendamiento de un año de duración se convierten en contratos de mes a mes. Debe comprobar su contrato de arrendamiento para ver si esto se aplica a usted.
Si eres un inquilino de mes a mes, el propietario puede desalojarte sin motivo. Pero el propietario debe avisarle por escrito con 10 días de antelación antes de que finalice el período de alquiler en curso. Si tu contrato de alquiler de un año se ha convertido en uno de mes a mes, es posible que tengas que avisar con más antelación, por ejemplo con 30 días. Deberías comprobar tu contrato de alquiler para ver.
Si el arrendador no le avisa con la debida antelación, el juez debe ordenar al arrendador que inicie de nuevo el proceso de desahucio, normalmente para el mes siguiente. Las defensas a estos desalojos de 10 días “sin causa” son limitadas.
Si tiene un contrato de alquiler por escrito que no ha expirado, o si vive en ciertos tipos de viviendas subvencionadas por el gobierno, el propietario suele necesitar una buena razón para desalojarle. Las viviendas públicas, los créditos fiscales, los proyectos de la Sección 8 y algunos otros tipos de viviendas subvencionadas por el gobierno tienen este requisito de “buena razón”. Puede consultar a un abogado sobre el tipo específico de vivienda en la que vive y las normas que se aplican. Desgraciadamente, si tienes un vale normal de la Sección 8, tu casero puede decidir no renovar tu contrato de arrendamiento sin una buena razón que no sea su vencimiento.
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Bienvenid@, soy Patricia Gómez y te invito a leer mi blog de interés.