Como se paga el erte

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A medida que se hace más evidente que la crisis del coronavirus en España creará importantes problemas para las empresas a largo plazo, muchas empresas están aprovechando el régimen de regulación temporal de empleo “ERTE” para reducir sus propios costes y proteger al mismo tiempo los ingresos de sus empleadores.

El “ERTE” es un instrumento financiero que hasta ahora puede resultar desconocido para la mayoría de nosotros, pero que probablemente pasará a formar parte del vocabulario cotidiano de España en un futuro muy próximo. En esencia, permite a las empresas y compañías que se enfrentan a una crisis financiera temporal desprenderse de los costes de personal mediante el despido de la plantilla hasta que las condiciones cambien y sea factible volver a contratarlos, a la vez que proporciona beneficios a los trabajadores para que no se vean privados de sus ingresos, recibiendo una parte importante de sus ingresos normales de los fondos estatales de la Seguridad Social.

Al seguir contratados, los trabajadores no tienen derecho a una indemnización por despido. Esta es una de las principales características que diferencian el ERTE del ERE – un plan de despido permanente al que se accede cuando las empresas se enfrentan a dificultades insuperables que les obligan a despedir a la plantilla.

Qué es el erte

Desde que se reabrieron las oficinas de empleo tras el estado de alarma, es necesario reservar una cita si hay algún problema con los pagos del ERTE. Sin embargo, debido al nivel de demanda, los horarios de las citas se reservan rápidamente, mientras que el sistema telefónico suele estar saturado.

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Debido a los problemas con las citas, ahora va a haber un sistema por el que la gente puede informar de estos problemas en formularios en las oficinas. El servicio estatal de empleo SEPE tendrá entonces un registro de un caso y podrá proceder con él.

Uno de los motivos por los que se han producido incidentes de impago han sido los cambios en las condiciones del ERTE. En estos momentos el SEPE está trabajando en la regularización de todas las prestaciones de acuerdo con los cambios que las empresas les han ido comunicando. Hasta finales de septiembre se han producido situaciones con trabajadores que han estado acogidos al ERTE y luego se les ha retirado el mismo o se han producido alteraciones en los porcentajes de jornada en los casos de ERTEs parciales.

Los trabajadores a los que se les suspendió el empleo hasta finales de septiembre podrán cobrar en noviembre. El SEPE aún no dispone de datos sobre las nuevas demandas de ERTE de octubre, ya que la nueva normativa entró en vigor el día 1 del mes. Se prevé que el número de trabajadores afectados vuelva a crecer porque la actividad turística es prácticamente nula.

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Para los contribuyentes beneficiarios de las prestaciones del ERTE en el año 2020, que deban presentar la declaración de la renta 2020 con un importe a pagar, individual o conjuntamente, en el momento de presentar la declaración, podrán solicitar un plan de pagos fraccionados a 6 meses.

ADVERTENCIA: Para más información, consulte el Informador de la Renta 2020 en el apartado 01 “Novedades de la campaña de la Renta 2020”.En el caso de que la información facilitada no sea útil y así se indique en la respuesta, se dispone de ayuda adicional en forma de CHAT en tiempo real con la Agencia Tributaria especializada en la materia, cuyo horario de atención ininterrumpida es de 09:00 de la mañana a 14:30 de la tarde.

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Erte españa

El Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) es una autorización temporal para una empresa a través de la cual puede suspender uno o varios contratos de trabajo durante un tiempo determinado. Por lo tanto, a través de un ERTE, las empresas estarán exentas de pagar los salarios de los trabajadores.

Tal y como nos cuentan nuestros abogados especialistas en derecho laboral, ante un ERTE, los trabajadores seguirán vinculados a la empresa, pero no percibirán salario alguno por parte de la misma, ni generarán derecho a vacaciones o a la paga extraordinaria, durante el tiempo que el trabajador permanezca fuera de su puesto de trabajo

Una de las causas que regula el artículo 47.1 del Estatuto de los Trabajadores (en adelante, ET), es el caso de que las empresas se encuentren con dificultades empresariales que dificulten la continuidad de la actividad económica. Si es así, el empresario puede suspender el contrato o reducir la jornada de sus trabajadores temporalmente, siempre que acredite que existen causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Se considera que existen causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprende una situación económica negativa, en casos como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas. También se puede acreditar si las pérdidas económicas persisten durante dos trimestres consecutivos.

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