¿Cuál es la legitima de una herencia?

Shaykh Dr Yasir Qadhi | Preguntas y respuestas

La muerte es un tema que preferimos ignorar mientras vivimos, por lo tanto, no es extraño que cuando llega el momento del fallecimiento aparezcan todo tipo de problemas y dudas vinculadas al hecho de que la persona, en vida, no haya realizado una correcta planificación patrimonial. Por ello, muchas personas pueden preguntarse qué es la legítima de una herencia. La legítima es aquella parte de nuestro patrimonio que debe ser necesariamente para los llamados herederos forzosos.

Por tanto, la legítima es aquella parte de la herencia sobre la que el testador no puede decidir y que pasa obligatoriamente a las personas establecidas por la ley. Las personas que tienen este derecho se llaman herederos o herederos forzosos.

La parte de la legítima varía según la ley que regula la sucesión. En el caso de Cataluña, se recoge en el Código Civil Catalán (CCCat) en el que se establece que es ¼ de la herencia total.

Si un heredero legítimo no puede heredar (porque ha muerto, es indigno o está ausente) pueden hacerlo sus respectivos descendientes. Si, por ejemplo, en la herencia de un padre que tiene tres hijos, uno de ellos muere antes que el padre, su parte legítima (un tercio de la cuarta parte de la herencia) se repartirá entre los hijos (nietos) del hijo fallecido .

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Si sólo hay un hijo, le corresponde al menos la mitad del patrimonio total del difunto. Esto se convierte en un tercio de los bienes si el cónyuge o la pareja registrada del difunto aún vive. Por lo tanto, un hijo tendría derecho a heredar un tercio de los bienes.

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En el caso de que haya dos o más hijos, se dividen dos tercios de la herencia entre ellos. El cónyuge o la pareja registrada que sobrevive tiene derecho a una cuarta parte de los bienes, la cuota de los hijos disminuye a la mitad de los bienes. Si uno o varios hijos fallecen antes que el testador o renuncian a la herencia, sus descendientes tienen derecho a recibir esa cuota.

En cuanto a los bienes preexistentes al fallecido o de propiedad común de los cónyuges o parejas de hecho registradas El cónyuge o pareja registrada superviviente tiene derecho a (i) permanecer en la casa familiar y, (ii) conservar todos los bienes muebles de la propiedad. En este caso, si hay otros coherederos, no es necesario pagar el impuesto sobre el patrimonio por su parte de la herencia. Las obligaciones fiscales siguen recayendo sobre el cónyuge o la pareja registrada, aunque renuncie a la herencia.

Testamentos Sucesiones Disputas de Herencia

Usted puede desheredar a su cónyuge o a sus hijos en un testamento. Sin embargo, sus hijos gozan de un estatus especial en el derecho de sucesiones. Siempre tienen derecho a una parte del patrimonio de sus padres. No importa si los hijos están en buenas relaciones con sus padres. Si los hijos aceptan ser desheredados, no reciben nada de la herencia.

Un padre puede desheredar a un hijo en un testamento, pero el hijo puede seguir exigiendo una parte de la herencia, conocida como la legítima. Los hijos siempre tienen derecho a su legítima. La legítima consiste únicamente en dinero. Un hijo desheredado no puede exigir el dinero hasta después del fallecimiento del cónyuge superviviente, la pareja registrada o la pareja con la que el fallecido convivía o tenía un acuerdo de convivenciaCónyuges desheredados

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Significado de ilegítimo

2016 Código de ArkansasTítulo 28 – Testamentos, herencias y relaciones fiduciariasSubtítulo 2 – Sucesión y distribuciónCapítulo 9 – Sucesión intestadaSubcapítulo 2 – — Código de herencias de Arkansas de 1969§ 28-9-209. Legitimidad del hijo — Efecto

(a) (1) Si los padres de un hijo han vivido juntos como marido y mujer y, antes del nacimiento de su hijo, han participado en una ceremonia matrimonial en aparente cumplimiento de la ley del estado donde se celebró la ceremonia matrimonial, aunque el intento de matrimonio sea nulo, su hijo se considera hijo legítimo de ambos padres a todos los efectos de la sucesión intestada.

(c) Cualquier hijo concebido tras la inseminación artificial de una mujer casada con el consentimiento de su marido será tratado como hijo de ambos a todos los efectos de la sucesión intestada. Se presume el consentimiento del marido, salvo que se demuestre lo contrario con pruebas claras y convincentes.

(d) Un hijo ilegítimo o sus descendientes pueden heredar bienes muebles o inmuebles de la misma manera que un hijo legítimo de la madre del hijo o de su familia de sangre. El hijo puede heredar bienes muebles o inmuebles de su padre o de su familia de sangre, siempre que se cumpla al menos una (1) de las siguientes condiciones y se inicie una acción o se haga valer una reclamación contra el patrimonio del padre en un tribunal de jurisdicción competente dentro de los ciento ochenta (180) días siguientes al fallecimiento del padre:

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