Impuesto de sucesiones y donaciones en andalucia
Impuesto de sucesiones en andalucía para no residentes
El año pasado entró en vigor una nueva ley en Andalucía, según la cual el impuesto de donaciones entre familiares y cónyuges se bonifica en un 95-100%, dependiendo del valor del bien donado. Esto, por supuesto, causó un gran revuelo en la firma de donaciones. Pero me gustaría advertir a aquellos que ya han firmado los papeles o que todavía están en el proceso: no se olviden de otros impuestos que surgirán como resultado de recibir un regalo.
Desde el punto de vista de Hacienda, la donación de bienes no sólo grava al donatario, sino que también puede suponer un impuesto sobre las ganancias patrimoniales para el donante, es decir, unos beneficios que el contribuyente debe comunicar puntualmente en la declaración del IRPF.
La Hacienda estatal (AEAT) también puede comprobar lo «justo» de la valoración del inmueble donado, lo que hace que ya este año muchos herederos y donantes, sin conocer las trampas, puedan recibir «cartas de felicidad»…
Cuando se formaliza la transmisión de bienes, además del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, también se puede aplicar el de plusvalía, es decir, si el padre le regaló al hijo un piso de 200.000 euros, que en su día compró por 100.000 euros, entonces en como consecuencia de la transmisión, surge el concepto de ganancia del donante. Y en números es del 21-25% (pago en IRPF). El valor será ligeramente inferior para los objetos poseídos antes del 31 de diciembre de 1994.
Impuesto de sucesiones de cataluña
Bonificación del impuesto de sucesiones en Andalucía, cambios en 2019Hasta ahora, Andalucía tenía una bonificación fiscal básica para evitar pagar el impuesto de sucesiones por el primer millón de euros. Pero el nuevo decreto 1/2019 aprobado el 11 de abril por el Gobierno andaluz añade una bonificación del 99% para los bienes de más de un millón de euros, lo que prácticamente suprime el impuesto de sucesiones en Andalucía.
Tanto si es residente fiscal como si no, si posee bienes en España sus herederos estarán obligados a declarar estos bienes en España como parte de su herencia en caso de fallecimiento. Se trata de una formalidad obligatoria, independientemente de la nacionalidad y la condición de residente tanto del donante o fallecido como del beneficiario.
Si el patrimonio heredado o los bienes son inferiores al millón de euros, sus herederos estarán exentos de pagar el impuesto de sucesiones. Pero curiosamente, nuestra experiencia como abogados en Málaga y la Costa del Sol demuestra que el valor de una propiedad puede superar fácilmente el millón de euros en zonas como Mijas, Marbella, Estepona o Nerja.
El impuesto de sucesiones de andalucía tras el brexit
El pasado 9 de abril, la Junta de Andalucía aprobó, a través de un Decreto Ley, una modificación del impuesto de sucesiones y donaciones que, en concreto, supone un gran ahorro fiscal en el impuesto de donaciones. Esta modificación legislativa introdujo una bonificación del 99% de la cuota tributaria a pagar en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, es decir, sólo se deberá pagar el 1% de lo que se pagaba anteriormente.
Ni que decir tiene que el Impuesto de Sucesiones y Donaciones está cedido a las distintas Comunidades Autónomas que componen España por lo que esta bonificación es la que está vigente en Andalucía. Pero, dependiendo de la ubicación del inmueble o de la residencia del destinatario (para los bienes muebles) -la persona que recibe el bien-, la legislación será diferente en materia de sucesiones y donaciones.
Con la legislación anterior, la cuota tributaria de esta donación hubiera sido de 31.621,21 euros, lo que significa que el hijo hubiera tenido que pagar 31.621,21 euros de impuestos tras recibir este dinero de este padre. Con la nueva normativa, esta cuota tributaria de 31.621,21 euros puede beneficiarse de una bonificación del 99%, lo que significa que, ahora, el hijo pagaría un impuesto de 316,21 euros. Sin duda, supone un gran ahorro fiscal. Cuando se dona dinero u otros bienes muebles, la normativa aplicable a estos efectos será la de la residencia del donatario.
Impuesto de sucesiones andalucía 2021
El pasado 9 de abril, la Junta de Andalucía aprobó, a través de un Decreto Ley, una modificación del impuesto de sucesiones y donaciones que, en concreto, supone un gran ahorro fiscal en el impuesto de donaciones. Esta modificación legislativa introdujo una bonificación del 99% de la cuota tributaria a pagar en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, es decir, sólo se deberá pagar el 1% de lo que se pagaba anteriormente.
Ni que decir tiene que el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones está cedido a las distintas Comunidades Autónomas que componen España por lo que esta bonificación es la que está vigente en Andalucía. Pero, dependiendo de la ubicación del inmueble o de la residencia del destinatario (para los bienes muebles) -la persona que recibe el bien-, la legislación será diferente en materia de sucesiones y donaciones.
Con la legislación anterior, la cuota tributaria de esta donación hubiera sido de 31.621,21 euros, lo que significa que el hijo hubiera tenido que pagar 31.621,21 euros de impuestos tras recibir este dinero de este padre. Con la nueva normativa, esta cuota tributaria de 31.621,21 euros puede beneficiarse de una bonificación del 99%, lo que significa que, ahora, el hijo pagaría un impuesto de 316,21 euros. Sin duda, supone un gran ahorro fiscal. Cuando se dona dinero u otros bienes muebles, la normativa aplicable a estos efectos será la de la residencia del donatario.
Bienvenid@, soy Patricia Gómez y te invito a leer mi blog de interés.