Ley del cupo vasco

Concierto vasco

España (Reino de España) tiene un parlamento bicameral con el uso de cuotas voluntarias de los partidos y cuotas legisladas para la cámara baja/única y la cámara alta y a nivel subnacional. 152 de los 350 (43%) escaños del Congreso de los Diputados / Congress of Deputies están ocupados por mujeres.

Las listas de candidatos presentadas en virtud de esta ley para las elecciones al Congreso (…) deberán tener una proporción equilibrada de mujeres y hombres, de modo que los candidatos de uno u otro sexo representen al menos el 40 por 100 del total de los miembros. Cuando el número de escaños a cubrir sea inferior a cinco, la proporción entre mujeres y hombres deberá ser lo más equilibrada posible” (Ley Orgánica de Régimen de Elecciones Generales, artículo 44 bis, apartado 1).

Los partidos políticos disponen de un breve plazo para ajustar las listas que no cumplan el requisito de la cuota. Si no lo hacen, las listas no serán aprobadas por la Comisión Electoral (artículo 47 (2 y 4)).

Las cuotas no sólo se aplican a la totalidad de las listas de los partidos, sino también a cada 5 puestos. Si el número de puestos elegibles es inferior a 5, la lista debe acercarse lo más posible al equilibrio del 40-60% (artículo 44 bis (2)).

Asedio a bilbao

El Concierto Económico (euskera: kontzertu ekonomikoa, español: Concierto económico) es un instrumento jurídico que regula las relaciones fiscales y financieras entre la Administración General del Reino de España y la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Leer más  Q es un procurador

El origen del Concierto Económico estuvo en la derrota de la Tercera Guerra Carlista de 1876, con 40.000 tropas españolas ocupando las Provincias Vascas, y sometidas a la ley marcial. [1] Era necesario llegar a algún tipo de acuerdo por el que las Provincias Vascas (Álava, Gipuzkoa y Vizcaya) pagasen impuestos al Estado tras la aprobación de la Ley de 21 de julio de 1876, que obligaba a los ciudadanos de “estas provincias a pagar impuestos según sus posibilidades, de la misma manera que los demás españoles”, tal y como ponía la ley de abolición de los fueros impulsada por el premier español Canovas del Castillo.

El proceso de discusión de esta obligación fue muy complejo, debido a que estas provincias tenían hasta entonces su propia jurisdicción, sus estatutos territoriales y sus propios órganos de representación política (las Juntas Generales o “Asambleas Representativas”), que regulaban sus propios sistemas fiscales internos, según sus Fueros. [Tras infructuosos contactos entre Antonio Cánovas del Castillo, Presidente del Gobierno, y los representantes de las Diputaciones Forales, el primero disolvió las Juntas Generales y la Diputación de Vizcaya. Entre finales de noviembre y principios de diciembre de 1877, hizo lo mismo con las Diputaciones Forales de Álava y Gipuzkoa[3].

Batalla de bilbao

La Constitución Española, en su disposición primera, declara la protección y el respeto de los derechos históricos de los territorios forales, y ordena que la actualización de dicho régimen se realizará, en su caso, en el marco de la propia Constitución y del Estatuto de Autonomía.

El Estatuto de Autonomía del País Vasco, aprobado por la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, dispone, en su artículo 41.1, que las relaciones de orden tributario entre el Estado y la Comunidad Autónoma del País Vasco se regularán por el sistema tradicional de Concierto Económico, y el apartado 2.d) de dicho artículo establece que el País Vasco contribuirá al sostenimiento de las cargas generales del Estado mediante la aportación de un cupo global integrado por el correspondiente a cada uno de sus Territorios Históricos.

Leer más  Forzar despido para cobrar paro

Por último, el artículo 41.2.e) establece que una Comisión Mixta elaborará los cupos de cada Territorio Histórico y que el cupo global resultante se aprobará por Ley con la periodicidad que se fije en el Concierto Económico.

Wikipedia

El Concierto Económico (euskera: kontzertu ekonomikoa, español: Concierto económico) es un instrumento jurídico que regula las relaciones fiscales y financieras entre la Administración General del Reino de España y la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El origen del Concierto Económico estuvo en la derrota de la Tercera Guerra Carlista de 1876, con 40.000 tropas españolas ocupando las Provincias Vascas, y sometidas a la ley marcial. [1] Era necesario llegar a algún tipo de acuerdo por el que las Provincias Vascas (Álava, Gipuzkoa y Vizcaya) pagasen impuestos al Estado tras la aprobación de la Ley de 21 de julio de 1876, que obligaba a los ciudadanos de “estas provincias a pagar impuestos según sus posibilidades, de la misma manera que los demás españoles”, tal y como ponía la ley de abolición de los fueros impulsada por el premier español Canovas del Castillo.

El proceso de discusión de esta obligación fue muy complejo, debido a que estas provincias tenían hasta entonces su propia jurisdicción, sus estatutos territoriales y sus propios órganos de representación política (las Juntas Generales o “Asambleas Representativas”), que regulaban sus propios sistemas fiscales internos, según sus Fueros. [Tras infructuosos contactos entre Antonio Cánovas del Castillo, Presidente del Gobierno, y los representantes de las Diputaciones Forales, el primero disolvió las Juntas Generales y la Diputación de Vizcaya. Entre finales de noviembre y principios de diciembre de 1877, hizo lo mismo con las Diputaciones Forales de Álava y Gipuzkoa[3].

Entradas relacionadas