Sociedades de inversion colectiva

vehículo de inversión colectiva

Yo, MICHAEL NOONAN, Ministro de Finanzas, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 3 (modificado por el artículo 2 de la Ley de las Comunidades Europeas de 2007 (nº 18 de 2007)) de la Ley de las Comunidades Europeas de 1972 (nº 27 de 1972), y con el fin de dar cumplimiento a la Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 20091 , a la Directiva 2010/43/UE de la Comisión, de 1 de julio de 20102 , y a la Directiva 2010/44/UE de la Comisión, de 1 de julio de 20103 , adopto el siguiente Reglamento:

“fondo común contractual”, un organismo de inversión colectiva, que es una entidad no constituida en sociedad de gestión en la que los partícipes, mediante acuerdo contractual, participan y comparten la propiedad del organismo como copropietarios;

“riesgo de contraparte”, en relación con un OICVM, significa el riesgo de pérdida para el OICVM resultante del hecho de que la contraparte de una operación realizada por el OICVM pueda incumplir sus obligaciones antes de la liquidación final del flujo de caja de la operación;

ejemplo de vehículo de inversión colectiva

Una institución de inversión colectiva (“IIC”) se define por ley. Según el artículo 235(1) de la Ley de Mercados y Servicios Financieros de 2000 (“FSMA”), un organismo de inversión colectiva es cualquier acuerdo con respecto a bienes de cualquier tipo, incluido el dinero, cuya finalidad o efecto es permitir a las personas que participan en los acuerdos (ya sea convirtiéndose en propietarios de los bienes o de una parte de ellos o de otra forma) participar o recibir beneficios o ingresos derivados de la adquisición, tenencia, gestión o enajenación de los bienes o cantidades pagadas con dichos beneficios o ingresos.

Básicamente, esto significa que una IIC es un vehículo en el que los beneficios o los ingresos se reparten a través de la inversión colectiva, y los participantes del plan no tienen ningún control diario sobre la gestión de la propiedad. Por lo tanto, si los inversores tienen el control diario, es probable que la binversión no sea una IIC.

El establecimiento o la explotación de una IIC es una actividad regulada que requiere la autorización de la Financial Conduct Authority (“FCA”). Con sujeción a determinadas exenciones, una persona autorizada no puede promover una IIC entre el público en general, a menos que esté autorizada o reconocida en virtud de la FSMA.

fondo de inversión colectiva

Un inversor particular, también conocido como cliente minorista, es una organización de clientes o un individuo que no puede cumplir tanto:(i) uno o más de los criterios de cliente profesional establecidos en el Anexo II de la Directiva sobre Mercados de Instrumentos Financieros (Directiva 2004/39/CE); y(ii) uno o más de los criterios de inversor cualificado establecidos en el artículo 2 de la Directiva sobre Folletos (Directiva 2003/71/CE).

En resumen, una persona que pueda ser clasificada a la vez como cliente profesional con arreglo a la Directiva relativa a los mercados de instrumentos financieros y como inversor cualificado de conformidad con la Directiva sobre el folleto deberá, por lo general, cumplir uno o varios de los siguientes requisitos:

(1) Una entidad que deba estar autorizada o regulada para operar en los mercados financieros. La siguiente lista incluye todas las entidades autorizadas que realicen las actividades características de las entidades mencionadas, ya estén autorizadas por un Estado del EEE o por un tercer país y estén o no autorizadas por referencia a una directiva:(a) una entidad de crédito;(b) una empresa de inversión;(c) cualquier otra entidad financiera autorizada o regulada;(d) una compañía de seguros;(e) un organismo de inversión colectiva o la sociedad gestora de dicho organismo;(f) un fondo de pensiones o la sociedad gestora de un fondo de pensiones;(g) un agente de materias primas o de derivados de materias primas;(h) un local;(i) cualquier otro intermediario inversor.

inversiones colectivas

Los CIV o CIS, como se les conoce a veces, son Vehículos o Esquemas de Inversión Colectiva establecidos con el propósito de invertir los fondos mancomunados de los inversores (mantenidos como unidades o acciones) en activos de acuerdo con los objetivos de inversión y las políticas de inversión publicadas en un prospecto.

Cuando un fondo invierte en otro fondo, pueden aplicarse gastos adicionales que pueden variar en función de las inversiones específicas de cada fondo. Estos gastos son una estimación de los gastos adicionales asociados a las inversiones subyacentes del fondo. Los gastos adicionales estimados se basan en los datos de gastos recientes disponibles para las inversiones y pueden cambiar en el futuro.

Los gastos son estimados, ya que se basan en la estrategia de inversión anterior del gestor del fondo y en los datos de gastos recientes disponibles para esas inversiones. El gestor del fondo puede tener la facultad de invertir en IIC y, por tanto, puede invertir en una proporción mayor o menor de IIC en el futuro. Los gastos incurridos por esos IIC también pueden variar con respecto a la experiencia pasada.

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