Aeat cambiar domicilio fiscal

Impuestos barcelona

Los particulares que adquieran la residencia fiscal en España como consecuencia de su traslado al país pueden optar por tributar por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, manteniendo su condición de contribuyentes del IRPF durante el período impositivo en que se produzca el cambio de residencia y durante los cinco períodos impositivos siguientes, cuando, en los términos establecidos por la normativa tributaria, se cumplan las siguientes condiciones (normativa vigente desde el 1 de enero de 2015):

Para acogerse a esta opción el contribuyente deberá presentar el modelo 149 ante la Administración Tributaria.Los contribuyentes que hayan optado por este régimen utilizarán el mismo modelo para renunciar a este régimen o cuando queden excluidos del mismo por incumplir alguna de las condiciones clave de su aplicación.La declaración se realizará mediante el modelo 151.

No obstante, los trabajadores trasladados a España antes del 1 de enero de 2015 podrán optar por aplicar el régimen especial en su versión vigente a 31 de diciembre de 2014.Para ejercer esta opción, deberán presentar la declaración correspondiente al año 2015 en el modelo 150, en lugar del modelo 151.La opción se mantendrá hasta la finalización de la aplicación del régimen especial, debiendo utilizarse también el modelo 150 en los restantes años en los que el régimen sea aplicable.

Qué es mi domicilio fiscal

En términos generales, el domicilio fiscal del contribuyente informa de su residencia fiscal y, por tanto, del régimen fiscal aplicable; de la oficina tributaria que le corresponde al contribuyente; del lugar de realización de las notificaciones y del lugar físico concreto declarado y vinculante para el contribuyente a efectos administrativos y de inspección tributaria.

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El artículo 48 de la Ley General Tributaria define el domicilio fiscal como el lugar utilizado por el contribuyente en sus relaciones con la Agencia Tributaria, y establece las reglas para su determinación:

No obstante, las entidades no residentes sin establecimiento permanente que no estén obligadas por la ley que regula cada tipo de tributación a declarar su domicilio fiscal o que actúen a través de un representante en España, deberán declarar su residencia en el extranjero.

Se facilitará el número de referencia catastral de los distintos domicilios, el número de teléfono y, en su caso, el correo electrónico y la dirección de la página web o del sitio web con el que se realizan todas o parte de las actividades.

Dirección de correo electrónico de la agencia tributaria

Sus obligaciones fiscales son diferentes según sea usted residente fiscal en España o en el extranjero. Los contribuyentes que son residentes fiscales en España tributan por su renta mundial. En cambio, los contribuyentes residentes en el extranjero sólo tributan en España por las rentas que se consideran obtenidas en territorio español. En ambos casos, la tributación debe tener en cuenta las disposiciones de cualquier convenio de doble imposición aplicable.

Las personas físicas residentes a efectos fiscales en territorio español deben tributar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). El año fiscal coincide con el año natural, sin interrupción por cambio de residencia. Por lo tanto, una persona física es residente o no residente durante todo el año fiscal.

Las personas físicas y las entidades que no son residentes en territorio español pero que obtienen una renta en él deben pagar el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR). La forma en que se impone este impuesto depende de si la renta se obtiene a través de un establecimiento permanente situado en territorio español o sin dicho establecimiento permanente .

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Agencia tributaria

OverviewEl crédito fiscal por propiedad residencial puede ofrecer a los propietarios una reducción de impuestos por su residencia principal.ElegibilidadSi usted posee y mantiene una propiedad como su residencia principal, puede ser elegible para un crédito fiscal por propiedad residencial. Una residencia principal es el lugar donde se come y se duerme la mayor parte del tiempo.

Sólo tiene que solicitar el crédito fiscal para inmuebles residenciales una vez. El crédito permanecerá en la propiedad hasta que se produzca un cambio de propiedad o de ocupación. Este programa se divide en cinco categorías:

1. Crédito fiscal completo: Si posee y mantiene su propiedad como residencia principal durante todo el año, con excepción de las vacaciones y los días festivos, puede optar a un crédito fiscal completo en la parte del impuesto provincial de su factura del impuesto sobre bienes inmuebles. En los casos, como los dúplex, tríplex o casas con suites de derecho interno, usted sólo sería elegible para un crédito fiscal en la parte de la propiedad que ocupa como su residencia principal y hasta 0,5 hectáreas de tierra.

2. Crédito fiscal parcial: Si compra una propiedad que será su residencia principal, y se muda después del 1 de enero, puede tener derecho a un crédito fiscal parcial por la parte del tiempo que posea Y viva en la propiedad ese año. Durante el tiempo que la propiedad esté vacía, tendrá que pagar los impuestos municipales y provinciales correspondientes. Cuando compre una propiedad que vaya a ser su residencia principal, asegúrese de que usted o su abogado soliciten este crédito.

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