Agencia tributaria modelo 303 iva

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En 2020 se cumplió la primera fase de prestación de la declaración precumplimentada del IVA. El servicio se ofreció a un número limitado de contribuyentes de IVA, concretamente a los inscritos en el Sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) y en el Registro de Devolución Mensual con un volumen de negocio inferior a 6 millones de euros que no tributaban en ningún régimen especial de IVA.

La segunda fase del proyecto acaba de ponerse en marcha, ampliando el ámbito de aplicación a todos los contribuyentes del IVA obligados a rellenar el formulario 303. Esto significa que 3,5 millones de contribuyentes recibirán una declaración precumplimentada que incluye datos censales y algunos datos económicos.    De ellos, 41.000 contribuyentes del SII y 600.000 arrendadores de inmuebles obtendrán una declaración totalmente precumplimentada.

dirección de correo electrónico de la agencia tributaria española

Como novedad relevante a tener en cuenta para futuros periodos, este mes de julio de 2017 se han producido importantes cambios en la gestión del IVA y de los libros de registro, con la obligatoriedad del uso de la aplicación

El modelo 111 debe ser presentado por las empresas que tengan trabajadores a su cargo. A través de este modelo se abonan las retenciones practicadas en las nóminas del trabajador,o de los trabajadores, a lo largo del trimestre.

El modelo 115 lo presentarán las empresas que paguen por el alquiler del local o los locales donde desarrollen su actividad,ya sean oficinas, locales comerciales, naves industriales o cualquier otra modalidad.

Entre estas actividades exentas se encuentran la enseñanza (academias y clases particulares), las actividades sanitarias (consultas médicas, psicólogos sanitarios), los servicios de asistencia social, los seguros y las loterías, entre otros.

Es el llamado modelo de operaciones intracomunitarias, que la Agencia Tributaria determina como obligatorio para aquellas empresas que hayan realizado operaciones intracomunitarias en otros países de la Unión Europea.

formulario 303

En febrero de 2021, la Agencia Tributaria española habilitó un nuevo mecanismo para facilitar la predeclaración del IVA a todos los contribuyentes de este impuesto. Este nuevo servicio, denominado Pre303, entregará al contribuyente un nuevo modelo 303 con determinadas casillas ya cumplimentadas, como el importe que tienen pendiente de compensar de períodos anteriores. De este modo, la Administración pone a disposición de los contribuyentes toda la información de la que ya disponen, lo que da lugar a un sistema similar al de la declaración española del IRPF. Además, los contribuyentes podrán consultar y actualizar los datos del padrón directamente relacionados con el impuesto, eliminando las discrepancias que puedan provocar retrasos en la tramitación de una solicitud de devolución o en el inicio de un procedimiento de comprobación.

Este año el servicio Pre303 se ha ampliado a todos los contribuyentes que están obligados a presentar el modelo 303. La última versión del modelo sólo era aplicable a los contribuyentes que estaban en el SII y tenían acceso a sus libros agregados. Además, sólo incluía a las empresas que no tenían la consideración de grandes empresas o grupos en materia de IVA y que tampoco estaban incluidas en:

agencia tributaria

El sistema de Suministro Inmediato de Información (SII España) entró en vigor el 1 de julio de 2017, con efecto retroactivo para el primer semestre de 2017, obligando a las empresas a enviar el detalle de las facturas emitidas y recibidas por vía electrónica a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

Los contribuyentes del sistema SII España no están obligados a presentar las declaraciones informativas 347 o 390. Sin embargo, las autoliquidaciones del modelo 303 deben presentarse mensualmente, con la excepción de aquellas empresas que se acojan voluntariamente al régimen SII, que, según la normativa que entrará en vigor el 1 de julio de 2018, podrán mantener la periodicidad trimestral por la que se regían anteriormente.

En resumen, una vez que la información esté en poder de la Agencia Tributaria, las empresas podrán contrastar su información con la de sus proveedores y clientes en la base de datos de la Agencia, lo que supondrá una herramienta muy potente de control financiero, contable y fiscal.

El Sistema de Suministro Inmediato de Información sobre el IVA (SII España), ya está en marcha y se esperan futuras adaptaciones. En el futuro, promete ampliar las obligaciones de IVA a todos los contribuyentes, permitiendo agilizar las devoluciones de IVA.

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