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Articulo 84 ley de iva
artículo 90 de la directiva sobre el iva
Tenemos un negocio que se dedica al comercio al por menor de zapatos. Nuestro negocio consiste en comprar zapatos al por mayor a la empresa “X” a un precio asequible y luego comercializarlos a un tercero con un margen de beneficio del 30%.
Pues bien, en el siguiente ejemplo el proveedor X es el sujeto pasivo en cuanto nos emite la factura con el IVA correspondiente mientras que nosotros seremos el contribuyente (consumidor final que soporta el IVA). Posteriormente, cuando vendamos los zapatos a nuestro cliente emitiremos otra factura con su IVA a nuestro cliente y así nos convertimos en el sujeto pasivo y nuestro cliente en el contribuyente.
Sin embargo, hay varias excepciones a la regla general. En este blog vamos a hablar precisamente del art. 84. Un artículo 2º de la ley del IVA (Ley 37/1992) comúnmente conocido como Inversión del sujeto pasivo.
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artículo 151 directiva principal del iva 2006/112/ce
Y aunque lo habitual es emitir y recibir facturas compuestas por una base imponible, un tipo impositivo, una cuota de IVA y una facturación total, también existen facturas que carecen de tipo y cuota de IVA, en las que aparece la inversión del sujeto pasivo.
También existen ciertos casos, que están previstos en el artículo 84 de la Ley del IVA, en los que el destinatario de la factura será el responsable de declarar e ingresar el IVA a Hacienda.
Para que las facturas se emitan con la reversión del IVA del sujeto pasivo, es necesario que el destinatario de la operación sea un empresario o profesional. Esto significa que no podría haber reversión por parte del sujeto pasivo si el destinatario de la operación fuera un particular.
En el caso de que se realizara una operación perteneciente a alguno de los supuestos mencionados anteriormente, se trataría de un caso de inversión del sujeto pasivo en el IVA, debiendo emitir la factura de la siguiente manera:
En cualquier caso, es importante tener en cuenta que aunque el emisor de la factura no está obligado a repercutir el IVA, debe reflejar los importes de estas ventas en el modelo 303 de IVA (casilla 61) y en el resumen anual, modelo 390.
artículo 59a de la directiva del iva
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Se suprime del artículo 6 RIVA el reconocimiento previo del carácter social de las entidades o establecimientos privados como requisito para la aplicación de las exenciones recogidas en los apartados 8º, 13º y 14º del artículo 20.Uno LIVA, si bien podrán solicitar, con carácter vinculante para la Administración su calificación como tales.Estas exenciones se aplicarán siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 20.Tres LIVA con independencia del momento en que se obtenga dicha calificación.
Por otro lado, el artículo cuarto del Real Decreto 828/2013 introduce las siguientes modificaciones en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre:
artículo 44 de la directiva sobre el iva
1. Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar que los impuestos especiales adeudados o pagados por la persona que realiza la adquisición intracomunitaria de un producto sujeto a impuestos especiales se incluyan en la base imponible de conformidad con la letra a) del párrafo primero del artículo 78. 2. Cuando, una vez realizada la adquisición intracomunitaria de productos, el adquirente obtenga la devolución del impuesto especial pagado en el Estado miembro en el que se inició la expedición o el transporte de los productos, la base imponible se reducirá en consecuencia en el Estado miembro en cuyo territorio se realizó la adquisición.
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