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Baja enfermedad jubilado parcial
Pago de las bajas por enfermedad no utilizadas
A discreción de la agencia, se puede adelantar a un empleado hasta un máximo de 240 horas (30 días) de baja por enfermedad cuando lo requieran las exigencias de la situación. Para más detalles y limitaciones, consulte nuestra hoja informativa titulada Anticipo de la baja por enfermedad.
Si un empleado ha utilizado previamente cualquier parte de los 13 días de baja por enfermedad para el cuidado general de la familia o por duelo en un año de vacaciones, esa cantidad debe restarse de las 12 semanas a las que tiene derecho. Si un empleado ya ha utilizado 12 semanas de baja por enfermedad para cuidar a un familiar con un problema de salud grave, no puede utilizar 13 días adicionales en el mismo año de vacaciones para fines de cuidado general de la familia. Un empleado no tiene derecho a más de un total combinado de 12 semanas de baja por enfermedad cada año de vacaciones para todos los fines de cuidado de la familia.
Los empleados a tiempo parcial y los empleados con turnos de trabajo poco frecuentes también tienen derecho a utilizar la licencia por enfermedad, y la cantidad de licencia por enfermedad que puede concederse se prorratea en proporción al número medio de horas de trabajo en el turno de trabajo programado del empleado cada semana.
La opm utiliza la baja por enfermedad antes de la jubilación
Los empleados que reúnen los requisitos necesarios tienen derecho a utilizar la baja por enfermedad. Los empleados pueden empezar a utilizar sus acumulaciones de baja por enfermedad inmediatamente después de la contratación, sin periodo de espera. Las bajas por enfermedad se acumulan a razón de ocho (8) horas al mes para un empleado a tiempo completo y se ganan proporcionalmente hasta el 50% de esfuerzo (un empleado con un 50% de esfuerzo ganará cuatro (4) horas de baja por enfermedad al mes).
Administradores: La documentación médica proporcionada por el empleado a menudo contiene el diagnóstico y el historial médico, o enumera la medicación utilizada en el plan de tratamiento. Esta documentación es confidencial y no debe remitirse ni compartirse con otros empleados, salvo en el curso de los asuntos relacionados con la licencia o los beneficios de la Ley de Licencia Médica Familiar (FMLA). Se debe animar a los empleados a que presenten la documentación directamente a su enlace de RRHH o al administrador de permisos.
Importante: La Ley de No Discriminación por Información Genética (GINA) prohíbe a la Universidad de Texas A&M adquirir información genética de sus empleados. Los administradores y los Enlaces de Recursos Humanos deben tomar medidas para garantizar que no se reciba dicha información.
Utilización de la baja por enfermedad antes de la jubilación
El Instituto concede una licencia pagada a sus empleados con derecho a prestaciones para protegerse de la pérdida de ingresos debida a una lesión o enfermedad. La baja por enfermedad no forma parte del sueldo o salario al que tiene derecho el empleado independientemente de su necesidad; sólo debe utilizarse cuando el empleado no pueda trabajar por lesión o enfermedad. La baja por enfermedad no se abona en caso de despido, salvo en algunos casos de jubilación (véase el punto 4.3.4). La baja por enfermedad del profesorado se regula en las Políticas y Procedimientos.
Las ausencias causadas por lesiones o accidentes de trabajo suelen estar cubiertas por la compensación laboral. Para el uso de la baja por enfermedad como complemento de la indemnización por accidente de trabajo, véase el apartado 4.5, Accidentes de trabajo e indemnización por accidente de trabajo.
A todos los empleados con derecho a prestaciones se les acreditan 20 días de Tiempo de Enfermedad en la fecha de contratación; como se explica a continuación, el Tiempo de Enfermedad se contabiliza en horas, de modo que el crédito de 20 días para un empleado a tiempo completo equivale a un crédito de 160 horas de Tiempo de Enfermedad en el momento de la contratación. Después de completar un año de servicio, comienzan a acumular un día de Tiempo de Enfermedad al final de cada mes subsiguiente de servicio, basado en su fecha de aniversario. El crédito inicial y las acumulaciones mensuales de tiempo de enfermedad se prorratean para el personal a tiempo parcial.
Jubilación por enfermedad de los empleados federales
Antes del 14 de enero de 1991, si usted percibía un salario por menos de 170 días, se le concedía una fracción de año de servicio basada en la duración del período escolar o del contrato de trabajo, lo que fuera más largo.
Usted obtiene crédito de servicio regular por un permiso sabático si su empleador le concedió el permiso de acuerdo con el Código Escolar [105 ILCS 5/24-6.1]. Su empleador debe remitir la totalidad de la contribución de jubilación por usted durante su permiso sabático. La contribución se basa en el último salario declarado antes de su permiso.
Cuando se jubile, podrá recibir un máximo de dos años (340 días) de crédito de servicio por el permiso por enfermedad no utilizado y no compensado que sea certificado por un empleador de TRS. Si recibe un pago por días de ausencia por enfermedad no utilizados y el pago es declarable como ingresos acreditables, no recibirá crédito de servicio por esos días. Si el pago por días de ausencia por enfermedad no es declarable a TRS como ganancias acreditables, los días de ausencia por enfermedad deben ser declarados.
Su último empleador certifica el número de días de licencia por enfermedad no utilizados y no compensados que usted ha acumulado en el formulario de Informe Suplementario para Beneficios de Anualidad de Jubilación que se presenta ante nosotros cuando usted se jubila. Si tiene días de baja por enfermedad de empleadores anteriores al año escolar 1987-88 para los que desea obtener crédito de servicio, debe hacer que cada empleador anterior complete un formulario de Certificación de Baja por Enfermedad de Antiguos Empleados y nos lo devuelva. A partir del año escolar 1987-88, los empleadores certifican anualmente el número de días de licencia por enfermedad no utilizados y no compensados de los miembros que terminaron su empleo durante el año escolar pasado. Por favor, revise su Informe de Beneficios de TRS para determinar si algún empleador anterior reportó días de licencia por enfermedad no utilizados por usted.
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Bienvenid@, soy Patricia Gómez y te invito a leer mi blog de interés.