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La Seguridad Social proporciona prestaciones de jubilación, invalidez y supervivencia a los trabajadores y a sus dependientes. Si recibe prestaciones ahora pero se ha mudado, debe cambiar la dirección postal que utiliza para sus prestaciones.
Si se ha mudado, aunque no reciba prestaciones ahora, es posible que quiera cambiar su dirección. Si obtuvo o solicitó prestaciones en el pasado, este cambio le asegurará que reciba otras notificaciones de la Seguridad Social.
Si recibe prestaciones de la Seguridad Social o tiene Medicare, puede cambiar su dirección por Internet. Para hacer el cambio en línea, primero debe crear una cuenta personal de mi Seguridad Social. También puede llamar o acudir a una oficina local para realizar el cambio.
Si desea conocer otras prestaciones y opciones, visite la página web de la Seguridad Social. Si recibe SSI, no tiene una dirección postal en los Estados Unidos o no puede cambiar su dirección en línea, puede llamarnos, de 7 a.m. a 7 p.m., de lunes a viernes:
Si desea conocer otras prestaciones y opciones, visite la página web de la Seguridad Social. Si recibe SSI, no tiene una dirección postal en los Estados Unidos o no puede cambiar su dirección en línea, puede llamarnos, de 7 a.m. a 7 p.m., de lunes a viernes:
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DescripciónInformaciónEl Servicio de Atención al Turista Extranjero, SATE, es un servicio especializado gestionado por el organismo municipal MADRID DESTINO en colaboración con miembros del Cuerpo Nacional de Policía.
Su objetivo es atender las necesidades de los turistas que, durante su estancia en Madrid, se vean involucrados en incidentes que requieran la intervención policial. Los principales servicios que se prestan son: ayuda en la cumplimentación de trámites relacionados con la policía, localización de familiares, anulación de tarjetas de crédito, contacto con embajadas o consulados e información turística.
Esta popular plaza, que marca el final de la Gran Vía, alberga una maravillosa estatua de Don Quijote y Sancho Panza. Actualmente, la plaza está siendo objeto de una importante reforma, por lo que puede estar parcialmente cerrada al público.
Cada vez que le enviamos un aviso, es porque hay algo que debe saber o hacer sobre su solicitud, estado de las prestaciones o importe de las mismas. Le enviamos un aviso antes de que hagamos un cambio en la cuantía de su prestación o en su derecho a la misma. Le enviaremos un aviso siempre que debamos informarle sobre la actividad de su caso.
Por ejemplo, si recibe la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) y los cambios en su vivienda, otros ingresos o recursos afectan a la cuantía de su prestación, recibirá una notificación cada vez que cambie la cuantía de su prestación.
La mayoría de los avisos del Seguro Social están disponibles en español. Los avisos que no están disponibles en español incluyen una carta de presentación en español que ofrece servicios de traducción de una oficina local del Seguro Social.
Póngase en contacto con nosotros si no entiende un aviso, o si no puede hacer lo que le pedimos en el tiempo previsto. Tenga la notificación con usted cuando se ponga en contacto con nosotros, así podremos ayudarle más rápidamente. Le explicaremos la carta y le ayudaremos a hacer lo necesario para cumplir con su responsabilidad.
Si está recibiendo prestaciones por desempleo en cualquier país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (EEE) o en Suiza, puede seguir recibiéndolas en cualquier otro país del EEE (por ejemplo, España) mientras busca trabajo aquí. Sin embargo, hay que cumplir ciertos requisitos:
Lo contrario también es cierto: si estás trabajando en España y acabas en el paro, puedes realizar los trámites inversos para recibir la prestación por desempleo en cualquier otro país de la UE/EEE o Suiza.
La cuantía que se percibe como prestación por desempleo se establece en función del salario medio por el que se ha cotizado (sin contar las horas extraordinarias) durante los 6 meses anteriores a quedarse en paro. Durante los primeros 180 días de desempleo, percibirá el 70 % de esa media y después el 50 %.
Se deducirá del primer pago del subsidio una cantidad equivalente a 10 días y se abonará con el último pago. Durante la percepción del subsidio, el trabajador cotizará a la Seguridad Social por el 100% del importe de la paga correspondiente, que se deducirá de la prestación.
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Bienvenid@, soy Patricia Gómez y te invito a leer mi blog de interés.