Como registrar un nombre comercial en españa

Como registrar un nombre comercial en españa

registro de la marca

En este artículo resolveremos tus dudas y te daremos toda la información que necesitas saber sobre este tema; además de revelar por qué no puedes evitar patentar tu marca para evitar problemas en el futuro.
Por otro lado, ten en cuenta que también podrías registrar cualquier tipo de sonido que diferencie o identifique tu marca, o una forma tridimensional como un envase o embalaje específico que hayas diseñado.
En primer lugar, supongamos que usted ha estado invirtiendo en publicidad para su empresa, por lo que su marca tiene un alto valor y es capaz de generar beneficios. Al no tenerla registrada, un tercero podría empezar a utilizarla, beneficiándose de toda su inversión en marketing.
Lo primero que tienes que hacer es elegir el nombre de la marca que quieres asignar a tu producto o servicio. En nuestro despacho, recomendamos tener una lista con 3 posibilidades, ya que si tu primera opción es rechazada (porque ya está registrada), tendrás alternativas.
Cuando registramos nuestra marca, seleccionamos el epígrafe correspondiente, y la marca quedará protegida para los productos/servicios bajo ese código. Cuantos más códigos de producto incluya, mayor será la protección, pero mayor será el coste del registro.

símbolo de la marca

La Oficina de Registro de Marcas y Diseños de la UE (OAMI) es la institución más fiable para registrar su marca en Europa. Gracias a esta institución, cualquiera puede presentar una solicitud de marca, aunque le recomendamos que contrate a una empresa con experiencia en el registro. Puede ahorrarle tiempo y dinero, especialmente si alguien presenta una reclamación contra su solicitud de marca.
Otros registros ajenos a la marca tradicional son los derechos de propiedad intelectual de sitios web, canciones, fotografías, pinturas y otras formas de trabajo artístico. Este proceso es sencillo y barato, y puede hacerse a nivel local, garantizando la exclusividad del uso de la obra del artista.
Strong Abogados le ofrece la posibilidad de proteger su marca de forma sencilla. Es posible registrar su marca en España o en toda la Unión Europea. Este servicio incluye un seguimiento continuo de su marca en las bases de datos oficiales para garantizar que nadie la copie. Sólo tiene que enviar la información de su marca y nosotros le acompañaremos en el proceso.

registro de la marca en españa

El examen de una solicitud de marca en España consiste en un examen formal y un examen de los motivos absolutos de denegación. Una solicitud de marca en España puede ser objeto de oposición en un plazo de dos meses a partir de la fecha de publicación de la solicitud. El solicitante tiene un plazo de un mes para presentar una respuesta a la oposición.
No es necesario pagar ninguna tasa oficial de concesión. El plazo de validez de una marca en España es de diez años a partir de la fecha de presentación, renovable un número ilimitado de veces por períodos de diez años. La renovación debe solicitarse dentro de los seis meses anteriores a la expiración del plazo de validez, pero a más tardar seis meses después de su expiración, pagando el recargo.
En caso de no utilizar la marca de forma injustificada durante cinco años consecutivos a partir de la fecha de registro (o al final del procedimiento de oposición), la marca es vulnerable a la acción de no utilización injustificada. Cualquier parte interesada puede interponer la acción de falta de uso no justificada. No es necesario que el titular de la marca realice declaraciones periódicas de uso u otras presentaciones obligatorias que establezcan el uso de la marca.

logotipo de la marca

La Oficina Española de Patentes y Marcas (“OEPM”) es la autoridad competente en materia de tramitación y registro de marcas en España.    Es la autoridad encargada de recibir, examinar y conceder las marcas.    La OEPM también es responsable de resolver los procedimientos de oposición iniciados por los titulares de derechos anteriores válidos.
Los Tribunales españoles tienen competencia exclusiva sobre la caducidad y nulidad de los registros de marcas nacionales, así como sobre los procedimientos de infracción.    Sin embargo, en virtud de la Directiva de Marcas de la UE (UE) 2015/2436 (“Directiva de Marcas”), una reciente modificación de la Ley de Marcas nacional 17/2001 (“Ley de Marcas”) ha otorgado a la OEPM la competencia sobre los procedimientos de caducidad y nulidad de las marcas españolas.    Dicha modificación entrará en vigor el 14 de enero de 2023.    A partir de esa fecha, todos los procedimientos de nulidad y caducidad deberán presentarse ante la OEPM, pero los Tribunales Nacionales mantendrán la competencia sobre las acciones de nulidad y caducidad ejercidas como reconvención en los procedimientos de infracción.

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