Constituir comunidad de bienes

matrimonio en régimen de bienes gananciales

En las jurisdicciones de bienes gananciales, se considera que cada uno de los cónyuges de un matrimonio posee una parte de los bienes gananciales, incluidos los bienes financieros o reales adquiridos durante el matrimonio. En algunas jurisdicciones, como California, los bienes gananciales se dividen estrictamente por la mitad, y cada cónyuge recibe el 50% de los bienes que se consideran gananciales.  En otras jurisdicciones, como Texas, un juez puede optar por dividir los bienes en cualquier denominación que considere equitativa para ambos cónyuges.

Por lo general, los regalos a uno de los cónyuges y los bienes heredados por éste no se consideran bienes gananciales. Los bienes adquiridos antes del matrimonio no se consideran bienes gananciales (aunque en algunas jurisdicciones, estos bienes pueden ser conmutados a bienes gananciales). Las deudas adquiridas durante el matrimonio pueden considerarse bienes gananciales.

Por ejemplo, una cuenta IRA a nombre de un individuo con un cónyuge, acumulada durante el curso de un matrimonio, se consideraría propiedad comunitaria. Por lo general, el cónyuge del titular de la cuenta de jubilación que reside en un estado de bienes gananciales o conyugales debe ser el único beneficiario principal de una cuenta de inversión designada como propiedad conyugal, a menos que el cónyuge dé su consentimiento por escrito para que se designe a otra persona como beneficiario principal de la cuenta de jubilación.

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El estudio comienza con una breve reseña de la historia del matrimonio y, en concreto, del matrimonio en régimen de bienes gananciales con referencia al poder marital. Se analizan exhaustivamente las singulares consecuencias ex lege del matrimonio en régimen de bienes gananciales.

La decisión del Tribunal Constitucional en el caso Harksen v Lane determinó el criterio de inconstitucionalidad. El test de inconstitucionalidad se discute con referencia específica a la Carta de Derechos. La decisión del Tribunal Constitucional en el caso Volks v Robinson se evalúa de forma crítica, ya que el Tribunal propuso el llamado “argumento de la elección”, según el cual las personas deciden deliberadamente casarse en lugar de cohabitar y, por lo tanto, la ley puede conceder ciertos beneficios a las personas casadas que no están disponibles para las parejas de hecho. Se discute la decisión del Tribunal Constitucional en el caso Van der Merwe v RAF, así como sus consecuencias. Concluyó que el artículo 18(b) de la Ley de Bienes Matrimoniales constituía una discriminación injustificable entre los cónyuges casados en régimen de comunidad de bienes y los casados fuera de la comunidad de bienes, por lo que dicho artículo fue declarado inconstitucional.

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el fallecimiento repentino del administrador único de una explotación familiar en forma de comunidad de bienes, que estaba unido a los miembros de dicha comunidad por estrechos vínculos familiares, puede considerarse, en principio, un caso de fuerza mayor. eur-lex.europa.eu

El presente Reglamento no debe excluir la aplicación a los dibujos y modelos protegidos por dibujos y modelos comunitarios de las leyes de propiedad industrial u otras leyes pertinentes de los Estados miembros, como las relativas a la protección de los dibujos y modelos adquirida mediante su registro o las relativas a los dibujos y modelos no registrados, las marcas, las patentes y los modelos de utilidad, la competencia desleal o la responsabilidad civil. eur-lex.europa.eu

Reglamento (CE) nº 1367/95 de la Comisión, de 16 de junio de 1995, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 3295/94 del Consejo por el que se establecen determinadas medidas relativas a la introducción en la Comunidad y a la exportación y reexportación fuera de ella de mercancías que vulneran determinados derechos de propiedad intelectual. eur-lex.europa.eu

La solicitud de un dibujo o modelo comunitario registrado como objeto de propiedad se tramitará en su totalidad, y para toda la Comunidad, como un derecho sobre un dibujo o modelo nacional del Estado miembro determinado con arreglo al artículo 29. eur-lex.europa.eu

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A pesar de lo anterior, no muchas personas estarían familiarizadas con los verdaderos entresijos que conlleva el matrimonio en régimen de bienes gananciales, por lo que hemos considerado útil elaborar un breve resumen de lo que son y su lugar dentro de dicho régimen matrimonial.

Preocupados de que pueda haber otras personas que no estén familiarizadas con lo que es el matrimonio en régimen de bienes gananciales, comenzaremos nuestro análisis por ahí. El matrimonio en comunidad de bienes es uno de los regímenes matrimoniales reconocidos y regulados por la Ley de Bienes Matrimoniales 88 de 1984. Algunos se refieren a él como el régimen económico matrimonial por defecto, porque cuando las partes se casan sin prescindir específicamente de él, se aplica automáticamente. Los matrimonios consuetudinarios también están en régimen de bienes gananciales.

Las partes casadas en régimen de gananciales poseen conjuntamente y a partes iguales una parte indivisible del patrimonio común entre ellos, por lo que se acumulan todos los activos y pasivos adquiridos por cualquiera de ellos antes y durante el matrimonio. Esto significa efectivamente que ninguno de los cónyuges posee activos exclusivos del otro, excepto cuando la ley excluye específicamente, por ejemplo, los legados en un testamento que están sujetos a una cláusula de exclusión marital. En el desafortunado caso de que uno de los cónyuges se declare insolvente, la situación del otro cónyuge también se ve afectada, principalmente debido al patrimonio común entre ambos.

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