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Cómo dejar de ser autónomo en Irlanda – accountant pageshttps://accountantpages.ie ‘ articles & videos
Si no informas a HMRC de que has dejado de ser autónomo (después de haber dejado de operar), HMRC seguirá enviándote las declaraciones de impuestos de autoevaluación. Si no hace caso de estas declaraciones, se le impondrán sanciones por retraso en la presentación.
más consejos¿Puede reclamar comida como gasto empresarial? La regla de oro a la hora de reclamar gastos empresariales es que el coste debe ser “total y exclusivamente” para fines empresariales. Así que, ¿cuál es su posición cuando se trata de comida y bebida? Al fin y al cabo, todo el mundo necesita estas cosas para sobrevivir. ¿Cuándo se convierte en un gasto admisible?
¿Cómo puedo saber cuándo me he dado de alta como autónomo? https://goselfemployed.co ‘ how-do-i-find-out-when-i-reg
Si deja de ser autónomo, debe informar a Hacienda lo antes posible. La mejor manera de hacerlo es a través de Ros.ie. Si no tiene acceso a ROS, puede rellenar un TRCN1 disponible en el sitio web de Revenue. El proceso de cumplimentación en ROS se encuentra a continuación, junto con capturas de pantalla del sitio web de ROS.
Después de entrar en ROS, vaya a la sección “Otros servicios” y haga clic en “Gestionar registros fiscales”. En la siguiente pantalla debe hacer clic en “Cesar el registro” para el impuesto sobre la renta y rellenar el formulario de la página siguiente. Si está registrado en el IVA, tendrá que darse de baja. Simplemente haga clic en “Baja” junto al IVA y rellene el formulario.
No necesita un contable para completar el proceso de baja. Tenga en cuenta que, dado que su empresa ya no es una empresa en funcionamiento, la forma de contabilizar ciertos elementos es diferente. Por ejemplo, las deducciones de capital se tratan de forma diferente en una empresa en funcionamiento que en una empresa que ha cesado su actividad. Si sólo tiene ingresos y gastos, esto no es un problema. Si tiene activos en su balance y no está seguro de cómo contabilizarlos, debería hablar con un contable.
¿Cómo sé si me he dado de alta como autónomo?
Trabajar por cuenta propia es ser tu propio jefe y controlar tus propios ingresos e impuestos. Algunas personas son trabajadores por cuenta ajena y también obtienen algunos ingresos por cuenta propia, por ejemplo, vendiendo cosas por Internet. Si va a dejar de operar como empresario individual, tanto si se convierte en empleado como si no, generalmente debe ponerse en contacto con HMRC para comunicárselo. Esta guía le muestra cómo darse de baja como autónomo.
1) Llame a HMRC al 0300 200 3504 para notificar que deja de ser autónomo. Cuando le pregunten el motivo de su llamada, diga “cancelar el trabajo por cuenta propia” o pulse 1 para el trabajo por cuenta propia. A continuación, cuando le pregunten si llama por usted mismo, diga “sí” o pulse 1 para confirmar que lo es. A continuación, tendrá que facilitar su número de la Seguridad Social para continuar. Es posible que también le pidan que confirme su dirección y su fecha de nacimiento.
2) Las líneas telefónicas de la HMRC suelen estar muy ocupadas, por lo que es posible que tenga que esperar un rato. Cuando consiga hablar con un agente y supere las preguntas de seguridad, puede decirle que se da de baja como autónomo. Esto puede deberse a que va a cerrar su propia empresa o a que se va a convertir en empleado de otra empresa. Debe explicar las circunstancias para que puedan asesorarle al respecto.
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Si hubiera obtenido la prestación por desempleo tras el cese como trabajador por cuenta ajena y posteriormente se suspendiera para establecerse como autónomo o independiente, podrá reanudar dicha actividad, siempre que la duración del trabajo por cuenta propia haya sido inferior a 24 meses. En este caso, es indiferente que haya estado dado de alta como trabajador autónomo en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social.
Si la duración del trabajo por cuenta propia ha sido mayor o igual a 24 meses y menor a 60 meses, también podrá reanudar la prestación por desempleo si justifica haber estado dado de alta como trabajador por cuenta ajena, en el régimen de autónomos de la Seguridad Social o en el régimen especial de trabajadores del mar.
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