Encuadramiento seguridad social familiares

Preguntas sobre las prestaciones familiares de la seguridad social

Los familiares que dependían económicamente de un trabajador discapacitado con derecho a recibir prestaciones de la Seguridad Social por incapacidad suelen tener derecho a recibir prestaciones familiares. Estas prestaciones de la Seguridad Social se denominan prestaciones para dependientes o auxiliares y están a disposición de los familiares de los trabajadores discapacitados que cobran el SSDI (seguro de invalidez de la Seguridad Social). (Tenga en cuenta que las prestaciones familiares no se aplican a los discapacitados que cobran el SSI, o Seguridad de Ingreso Suplementario). Los miembros de la familia elegibles pueden incluir a los maridos, esposas, hijos e incluso a los padres y ex-cónyuges dependientes en algunos casos (más información sobre esto más adelante).

Cada miembro de la familia puede tener derecho a una prestación mensual de la Seguridad Social que oscila entre el 50% y el 100% de la prestación mensual por incapacidad pagada al trabajador incapacitado. La cuantía a la que tiene derecho cada miembro de la familia depende de si se trata de un hijo menor de edad, de un hijo adulto discapacitado, de un cónyuge en edad de jubilación o de un padre joven que cuida de hijos menores o discapacitados.

Existe un límite en la cuantía de las prestaciones que se pueden abonar a los miembros de la familia. El importe total que se puede abonar a la familia depende de la cuantía de la prestación que se abona al trabajador discapacitado y del número de miembros de la familia que solicitan las prestaciones en función de los ingresos admisibles del trabajador. En general, la mayor cuantía de las prestaciones a cargo de un individuo no supera el 50-80 % de la cuantía de la prestación por incapacidad del trabajador.

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Prestaciones familiares de la seguridad social

Si su familia depende económicamente de usted, es posible que le preocupe cómo sobrevivirán sus seres queridos cuando usted fallezca. La Administración de la Seguridad Social (SSA) permite a las familias de los trabajadores cobrar las prestaciones de supervivencia, un pago mensual que ayuda a aliviar la carga financiera.

Los cónyuges y las familias de los solicitantes de la Seguridad Social pueden tener derecho a dos tipos diferentes de prestaciones tras el fallecimiento de un trabajador. Los cónyuges o los hijos que soliciten el pago en un plazo de dos años a partir del fallecimiento del familiar pueden recibir un pago único por fallecimiento de 255 dólares.

Debe tener en cuenta que si su cónyuge trabaja, se vuelve a casar o tiene derecho a sus propias prestaciones de jubilación, esto puede afectar a su derecho a las prestaciones de supervivencia de la Seguridad Social. Si tiene más preguntas sobre su seguro de la Seguridad Social o desea ayuda con una reclamación, póngase en contacto con los abogados de Johnson & Gilbert hoy mismo.

Prestaciones del cónyuge de la seguridad social

A todos los efectos de la SSAct que no sean para tener derecho o calcular la pensión de vejez, o a efectos de una QRE en virtud del artículo 7(6AA) de la SSAct o de una exención del NARWP (3.1.2.70), una persona es miembro de la familia de la persona en cuestión si lo es:

Nota: La facultad discrecional prevista en el artículo 23(14)(c) de la SSAct sólo debe utilizarse en el caso de una relación familiar que sea similar a la de la pareja, la madre, el padre, el hermano o el hijo de la persona pertinente y que, además, sea tal que deba tratarse como tal relación.

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El apartado 7(6AA)(b) de la SSAct establece que una persona tiene una QRE para determinados pagos si la persona era “miembro de la familia de un refugiado, o antiguo refugiado, en el momento en que el refugiado o antiguo refugiado llegó a Australia” (véase 1.1.Q.35). La definición de miembro de la familia en relación con la subsección 7(6AA) de la SSAct figura en la subsección 7(6D) de la SSAct. La subsección 7(6D) de la SSAct establece que, a efectos de la subsección 7(6AA) de la SSAct, el término miembro de la familia se limita a las siguientes categorías de personas:

Solicitud de seguridad social para el niño

La Seguridad Social es una parte importante de la planificación de la jubilación, tanto para los padres como para la persona con discapacidad.    Los miembros de la familia pueden solicitar las prestaciones vinculadas al sustentador principal de la familia una vez que éste comienza a recibir las prestaciones de jubilación de la Seguridad Social; sin embargo, existen límites en cuanto a la cantidad que la familia en total puede cobrar. Este artículo analiza la prestación máxima familiar, cómo funciona y cómo planificar estos límites en la jubilación.

La prestación máxima familiar de la Seguridad Social es la cuantía máxima que se puede pagar en el registro de ingresos de un trabajador. Si el sustentador principal de la familia comienza a recibir prestaciones de la Seguridad Social en el momento de la jubilación, el cónyuge, la persona con discapacidad y otras personas pueden tener derecho a las llamadas “prestaciones auxiliares de la Seguridad Social” basadas en los ingresos del trabajador principal. (En el caso del hijo mayor de edad que tiene derecho a recibir prestaciones de la Seguridad Social basadas en el historial laboral del progenitor, estas prestaciones se denominan prestaciones SSDI).

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En la mayoría de los casos, los cónyuges tienen derecho a recibir hasta el 50% de la prestación del trabajador principal a su edad de jubilación o a recibir su propia prestación de la SS, la que sea más alta.    Del mismo modo, un hijo mayor de edad con una discapacidad puede recibir hasta el 50% de la prestación del perceptor principal en virtud de la prestación del SSDI.      El límite entra en juego cuando dos o más beneficiarios auxiliares perciben al mismo tiempo las prestaciones de la SS del perceptor principal. El límite máximo familiar se sitúa entre el 150 % y el 188 % de la cuantía de la prestación primaria (PIA) del perceptor principal. La fórmula exacta del porcentaje se encuentra en la página web de la SSA.

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