Me han despedido estando de baja y no tengo paro

Al ser despedido, ¿cuáles son mis derechos?

Como inmigrante laboral, puedes trabajar menos tiempo del previsto, siempre que tu salario se ajuste a los convenios colectivos y que trabajes lo suficiente para mantenerte. El límite para que una persona se considere autosuficiente es de 13.000 coronas al mes antes de impuestos (para los deportistas y entrenadores es de 14.300 coronas al mes). Cuando la Agencia Sueca de Migración revisa si se cumplen estos requisitos, se realiza una evaluación global. Consulte con su empleador y con los sindicatos qué condiciones se aplican a su despido.No es necesario que presente una nueva solicitud de permiso de residencia y trabajo si su salario ha cambiado como consecuencia del despido.

Esto puede afectar a la posibilidad de prórroga. La Agencia Sueca de Migración hace una evaluación individual en cada caso.Cuando solicite una prórroga del permiso de trabajo, tendrá que demostrar que las condiciones de empleo y el requisito de apoyo se han cumplido durante todo el tiempo que ha trabajado en Suecia. Es importante que indique en su solicitud si ha estado ausente de su trabajo y explique por qué ha estado ausente.

Puedo trabajar desde casa pero mi empresa no lo permite

Para solicitarlo en línea, primero debe completar un registro único utilizando Benefit Programs Online (BPO) para establecer una cuenta en línea. Visite la página de inicio de sesión de BPO y seleccione Registrarse para empezar a crear una cuenta ahora. Para más información, visite Cómo presentar una solicitud de PFL en SDI Online.

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Una vez que se haya registrado e iniciado la sesión en BPO, seleccione SDI Online, que le dirigirá a la página de registro de SDI Online para seleccionar su tipo de cuenta. Una vez que haya completado su registro, inicie sesión en BPO y seleccione SDI Online para ser dirigido a su página de inicio para presentar su solicitud.

El Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (DOL) ofrece una prórroga temporal de las prestaciones sanitarias con tarifas de grupo para determinados ex empleados a través del programa Consolidated Omnibus Budget Reconciliation Act (COBRA). Para obtener más información, póngase en contacto con el DOL llamando al 1-866-275-7922. Para TTY, utilice el 1-877-889-5627.

En primer lugar, debe haber recibido su notificación de facturación. El formulario de declaración de pago excesivo de prestaciones (DE 8301R) es un aviso de facturación que se le envía por correo cada mes. Si todavía no ha recibido este aviso o lo ha perdido, póngase en contacto con el EDD llamando al 1-877-238-4373.

Derechos del trabajador durante el covid-19

Su determinación monetaria se calcula en base a los salarios de los últimos 4 trimestres. La determinación monetaria que recibe es la cantidad de la prestación estatal y no refleja la prestación federal adicional de $600 añadida por la Ley CARES. Los 600 dólares se reflejarán en su transferencia electrónica de fondos o en su cheque en papel.

Si ha tenido una reclamación abierta en los últimos 12 meses, no necesita volver a solicitar el desempleo. Puede reabrir su solicitud entrando de nuevo en el portal de reclamaciones en línea o llamando a la línea automatizada de reclamaciones semanales. 1-800-983-2300 (horario de la línea automatizada: 24 horas al día, de 5:00 a 16:30 horas de lunes a viernes)

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Si su solicitud ha caducado, podrá optar a las prestaciones ampliadas, que proporcionan 13 semanas adicionales de prestaciones. El programa de ampliación de las prestaciones está en fase de desarrollo. El Departamento anunciará cuando el programa esté en marcha.

Si olvidó presentar una solicitud semanal para una semana pasada, puede llamar a la línea de presentación semanal automatizada al 1-800-983-2300 o entrar en el portal de reclamantes en línea y presentar una solicitud para una semana atrasada. Sólo puede presentar una semana atrasada por día. Recibirá un mensaje en la página de confirmación en el que se le notificará cuándo puede volver a iniciar sesión en el portal del reclamante para presentar otra reclamación atrasada. Una vez que se haya puesto al día, deberá seguir presentando una solicitud semanal entre el domingo y el viernes a las 16:00 horas.

Mis horas se han reducido debido a la covid

Si usted es un empleador reembolsador que sólo paga por las prestaciones pagadas, se le cobrará el 50% de las prestaciones cobradas. La Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica contra el Coronavirus o Ley CARES prevé que el Tesoro Federal pague la otra mitad hasta el 31/12/20.

No. Para recibir las prestaciones de desempleo ordinarias, el trabajador debe estar en condiciones y disponible para volver a trabajar. Sin embargo, el 2 de abril entra en vigor una ley federal que obliga a muchos empleadores a pagar el tiempo de enfermedad. Consulte esta hoja informativa para obtener más información.

Si el empleado permanece enfermo o en cuarentena más allá del tiempo en que se agota la Licencia por Enfermedad de Emergencia o la Licencia Médica Familiar, el individuo puede ser elegible para los beneficios de desempleo ampliados disponibles a través de la Ley CARES. Las prestaciones pagadas en el marco de estos programas no se cargarán en su cuenta.

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La División del Seguro de Desempleo considerará sus informes como oportunos y renunciará a cualquier tasa de retraso o interés acumulado. Póngase en contacto con nosotros en [email protected] o en el 303-318-9100 y presente los informes cuando pueda.

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