Modelo 347 retenciones profesionales

Modelo 347 retenciones profesionales 2022

Modelo 347 retenciones profesionales 2021

publicación 15-t

Los empleadores pueden utilizar un puente computacional opcional para tratar los Formularios W-4 de 2019 o anteriores como si fueran Formularios W-4 de 2020 o posteriores a efectos de calcular la retención del impuesto federal sobre la renta. Consulte Cómo tratar los Formularios W-4 de 2019 y anteriores como si fueran Formularios W-4 de 2020 o posteriores, más adelante, para obtener más información.

Aunque esta publicación puede utilizarse en determinadas situaciones para calcular la retención del impuesto federal sobre la renta sobre los salarios complementarios, los métodos de retención descritos en esta publicación no pueden utilizarse si se aplica la retención obligatoria a tanto alzado del 37% o si se utiliza la retención opcional a tanto alzado del 22% para calcular la retención del impuesto federal sobre la renta. Para obtener más información sobre la retención sobre los salarios complementarios, consulte el apartado 7 de la Pub. 15.

Aunque esta publicación puede utilizarse para calcular la retención del impuesto sobre la renta federal sobre los pagos periódicos de pensiones y rentas vitalicias, los métodos de retención descritos en esta publicación no pueden utilizarse para calcular la retención sobre los pagos no periódicos o la retención sobre las distribuciones de reinversión elegibles. Para obtener más información sobre la retención sobre pensiones y rentas vitalicias, consulte la sección 8 de la Pub. 15-A, Employer’s Supplemental Tax Guide.

tablas de retenciones del irs

Para facilitar la presentación de la declaración de operaciones realizadas con terceros cuyo importe anual con una misma persona o entidad supere los 3.005,06 euros (IVA incluido), Modelo 347, que debe presentarse hasta el 1 de marzo, comentamos algunos de sus principales aspectos:

Hay que recordar que, al igual que ocurría en 2017, no están obligados a presentar la declaración aquellas entidades que están obligadas a llevar sus libros y registros a través de la Sede Electrónica de la AEAT, es decir, las entidades incluidas en el Sistema de Información Inmediata (SII). Además de los contribuyentes que deben informar sobre las operaciones incluidas en los libros registro del IVA.

Además, continúan excluidos de la obligación de presentar declaración del IRPF las personas y entidades en atribución de rentas, por las actividades que tributen por el método de estimación objetiva y, simultáneamente, por el Impuesto sobre el Valor Añadido en los regímenes especiales simplificado o de agricultura, ganadería y pesca o por el recargo de equivalencia, salvo las operaciones excluidas de la aplicación de los citados regímenes, por las que emitan factura y por aquellas adquisiciones de bienes y servicios que deban inscribirse en el Libro Registro de Facturas Recibidas.

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