Obtener bases de cotizacion

ejemplos de prestaciones no contributivas

Existen dos prestaciones contributivas -la prestación por búsqueda de empleo (JSA) y la prestación de empleo y manutención (ESA)- y cada una de ellas está disponible en el antiguo sistema de prestaciones heredado, donde se denominan “basadas en las cotizaciones” o “contributivas”, o en el nuevo sistema de Crédito Universal, donde se denominan “de nuevo cuño”.

Los años fiscales que se utilizan para comprobar su derecho son, por lo general, los dos últimos años fiscales completos anteriores al año de prestación en el que comenzó su búsqueda de empleo o su capacidad limitada para trabajar. Un año fiscal va del 6 de abril de un año al 5 de abril del año siguiente. El año fiscal va desde el primer domingo de enero.

Si no tiene las cotizaciones de clase 1 requeridas de un empleo anterior, seleccione “No” a la pregunta “¿Pasó al menos 26 semanas en el trabajo entre el 6 de abril de 2018 y el 5 de abril de 2020?”, ya que no tendrá derecho a la prestación contributiva del JSA.

Sólo puede recibir el ESA contributivo/de nuevo cuño durante un máximo de 12 meses si se le incluye en el grupo de actividades relacionadas con el trabajo. Si se le incluye en el grupo de apoyo, no hay límite en el tiempo que puede recibirlo. Las cotizaciones a la Seguridad Social de clase 1 y 2 cuentan para esta prestación, por lo que está disponible para los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia.

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Dependiendo de sus circunstancias, puede obtener el ESA en función de sus ingresos. Si no tiene derecho a recibir prestaciones ESA en función de los ingresos, seguirá recibiendo créditos de la Seguridad Social.

Si está en el grupo de apoyo, no se verá afectado por este cambio. El tiempo que haya pasado en el grupo de apoyo o en la fase de evaluación antes de pasar al grupo de apoyo no se tendrá en cuenta para el límite de tiempo de 365 días.

Cuando se introdujeron los cambios en el límite de tiempo de la ESA, si una persona no tiene derecho a la ESA relacionada con los ingresos, o si una persona tiene derecho a la ESA relacionada con los ingresos pero con una tasa de pago inferior a la que recibía con la ESA basada en las cotizaciones, tendrá derecho a un pago suplementario de bienestar.

El ESA relacionado con los ingresos está siendo sustituido por el Crédito Universal.    El Crédito Universal es una ayuda para las personas mayores de 18 años pero menores de la edad de jubilación estatal que tienen bajos ingresos o no tienen trabajo.    Se está introduciendo en Irlanda del Norte de forma gradual y geográfica.

Qué hacer a continuaciónPara consultas o asesoramiento sobre certificados de nacimiento, de defunción, de matrimonio y de pareja de hecho, así como para investigaciones, póngase en contacto con la General Register Office Northern Ireland (GRONI) por correo electrónico [email protected]

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La prestación de empleo y manutención vinculada a los ingresos está siendo sustituida por el Crédito Universal. Sólo podrá presentar una nueva solicitud de prestación de empleo y asistencia relacionada con los ingresos en las situaciones que se indican a continuación.    Si usted o su pareja reciben una “prestación heredada”, como el crédito fiscal por hijos o la prestación de vivienda, la perderán si solicitan el crédito universal.

Puede averiguar si puede solicitar el ESA vinculado a los ingresos utilizando nuestra calculadora de prestaciones o buscando asesoramiento. Puede encontrar una agencia de asesoramiento en su zona utilizando nuestra herramienta de búsqueda de asesores.

El ESA contributivo se puede pagar junto con el ESA contributivo si tiene derecho a ambos. Si tiene derecho a recibir el Crédito Universal en lugar del ESA relacionado con los ingresos, puede obtener el ESA basado en las cotizaciones al mismo tiempo que el Crédito Universal.

Se le enviará un cuestionario llamado ESA50. Tendrá que rellenar y devolver el cuestionario para que su solicitud continúe. Puede obtener más información sobre cómo rellenar el formulario en nuestra página del Cuestionario (ESA50).

esa basada en las cotizaciones

El nuevo tipo de ESA está destinado a los trabajadores por cuenta ajena (o por cuenta propia) que, además de tener una discapacidad o lesión que afecta a su capacidad laboral, han cotizado a la Seguridad Social en los últimos dos o tres años.

El ESA basado en los ingresos está disponible para las personas cuya lesión o discapacidad afecta a su capacidad para trabajar y que, o bien reciben la prima por discapacidad grave, o bien tenían derecho a recibirla en el último mes. Este tipo de ESA no limita la elegibilidad en función de las cotizaciones de los IN.

El resto de este artículo se centra en lo que es la prestación de empleo y manutención basada en las cotizaciones. Servirá de guía para los empresarios sobre lo que deben saber cuando un empleado solicite este tipo de ESA.

Para tener derecho a ella, además de tener una discapacidad o una lesión que afecte a su capacidad para trabajar, los empleados tendrán que haber realizado suficientes pagos a sus cuentas de NI durante un periodo de dos a tres años.

El derecho a la prestación también depende de si reciben (o tienen derecho a recibir) la prima por discapacidad grave o de si la han recibido previamente o han tenido derecho a ella en el último mes. Los beneficiarios de la ESA contributiva pueden obtener recetas gratuitas en función de los ingresos totales de la unidad familiar y de la afección que se supone que trata la receta.

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