Prestacion servicios intracomunitarios iva

Adquisición intracomunitaria

Cuando los contribuyentes del IVA de distintos países de la UE compran y venden bienes entre sí, se trata de “comercio intracomunitario”.  La venta, conocida como “entrega intracomunitaria” (venta de bienes a una empresa registrada a efectos del IVA en otro país de la UE) suele estar exenta del IVA. Para que la exención del IVA esté en vigor,

Los bienes transferidos a existencias de reserva significan que usted, como vendedor, ha transferido una cantidad de bienes a otro país de la UE, a un almacén perteneciente a su cliente o comprador, y lo ha acordado previamente con el comprador.

Cuando usted transfiere las mercancías a las existencias a la vista, todavía no se considera una entrega de bienes a título oneroso. A efectos de la declaración y el pago del IVA, la entrega intracomunitaria y la adquisición intracomunitaria tendrán lugar más tarde, en el momento en que su comprador reclame los bienes, es decir, cuando el derecho de propiedad pase al comprador.

A partir del 1 de enero de 2020, si usted es un vendedor que transfiere bienes a las existencias de reembolso, debe presentar un informe para informar a la Administración Tributaria de las transferencias. Cumplimente un formulario específico de informe de reembolso.

Entrega intracomunitaria de bienes a tipo cero

Cuando los bienes se entregan dentro del Estado miembro en el que han sido producidos, comprados, almacenados o importados, el vendedor está realizando una transacción nacional. La entrega está sujeta al IVA del Estado miembro en cuestión de acuerdo con sus leyes y reglamentos aplicables.

Cuando los bienes se envían o transportan a otro Estado miembro, el proveedor está realizando una entrega intracomunitaria. El tratamiento del IVA de esta entrega depende de la condición del comprador: sujeto pasivo o “no sujeto pasivo”.

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El comprador sujeto al IVA debe declarar una adquisición intracomunitaria en el país de llegada del transporte. La declaración se realiza mediante el mecanismo de inversión del sujeto pasivo: el comprador declara el IVA adeudado por su compra en su declaración de IVA y solicita al mismo tiempo la deducción del IVA.

Recibe una factura sin IVA de su proveedor. Debe declarar una adquisición intracomunitaria imponible en Luxemburgo. Solicita inmediatamente la deducción del IVA así pagado en la misma declaración.

Una medida de simplificación se aplica a las transacciones llamadas “triangulares”. Esta medida de simplificación permite emitir dos facturas sin IVA para las operaciones en cadena que impliquen a un comprador/revendedor intermedio con un único transporte físico de los bienes. La medida de simplificación sólo puede aplicarse a las ventas sucesivas de bienes en las que participen tres operadores identificados a efectos del IVA en tres Estados miembros diferentes, con transporte directo de los bienes desde el proveedor inicial hasta el comprador final.

IVA europa

Según el Anteproyecto de Ley de 7 de octubre de 2019 por el que se modifica la Ley del IVA aplicando las disposiciones de la Directiva (UE) 2018/1910 del Consejo, de 4 de diciembre de 2018, un sujeto pasivo, a partir del 1 de enero de 2020, no podrá repercutir el IVA al tipo del 0% a menos que el adquirente facilite al vendedor su número de IVA de la UE y a menos que el vendedor incluya la entrega en su estado recapitulativo.

El requisito de que el adquirente facilite su número de IVA de la UE será un requisito sustantivo para poder aplicar el tipo de IVA del 0% a las entregas intracomunitarias. Es importante tener en cuenta que este requisito estaba previsto en la legislación polaca en el pasado, es decir, antes de abril de 2013. En aquel momento, la ley establecía que un sujeto pasivo podía aplicar el IVA al tipo del 0% solo si la entrega se realizaba a un adquirente que tuviera un número de IVA comunitario correcto y válido y solo si dicho número aparecía en la factura de la entrega.

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Posteriormente, basándose en las decisiones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y de los tribunales polacos que consideraban la disposición de un Estado miembro de la UE como un requisito formal para poder aplicar el tipo del 0% (si no se cumplía este requisito, pero los requisitos de fondo (es decir que los bienes hayan sido transportados de un Estado miembro de la UE a otro), el sujeto pasivo seguía teniendo derecho a aplicar ese tipo), se modificó la normativa polaca y se suprimió el requisito de facilitar el número de IVA de la UE del adquirente en la factura como requisito sustantivo para poder aplicar el tipo del 0% (la aportación de ese número es ahora un requisito formal, es decir, una parte esencial de la factura).

Artículo 148 de la Directiva sobre el IVA

El número de IVA intracomunitario es un número individual que permite identificar a las empresas de un Estado miembro de la Unión Europea o de fuera de la UE como operador.La identificación de las empresas mediante un número de IVA intracomunitario es importante para un buen funcionamiento del sistema de estadísticas de IVA y comercio exterior impuesto por la UE, ya que permite a las empresas presentar declaraciones Intrastat / DEB y declarar y/o pagar el IVA a los Estados miembros.

Si usted es una empresa establecida en la Unión Europea o no establecida en la UE y quiere realizar operaciones imponibles en un Estado miembro de la UE sin tener un establecimiento permanente en él, tendrá que obtener un número de IVA intracomunitario en ese Estado miembro. Sin este número, no podrá ejercer su actividad.

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La obtención de un número de IVA intracomunitario requiere la presentación de un expediente completo ante las autoridades fiscales extranjeras. El procedimiento, que se realiza en el idioma del país, puede llevar tiempo y es complicado.

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