Responsabilidad delos socios en una sociedad limitada

Socio silencioso

En una sociedad limitada debe haber al menos un socio colectivo y un socio comanditario. Los socios colectivos tienen una responsabilidad ilimitada y son responsables de las deudas de la sociedad limitada por la totalidad de su patrimonio. Los socios comanditarios sólo son responsables de la cantidad aportada.

Los socios colectivos son personalmente responsables de mantener los acuerdos de la sociedad y de pagar sus deudas. Los socios colectivos son responsables de forma conjunta y separada. Esto significa que un acreedor puede reclamar el pago de la totalidad de una deuda a cualquiera de los socios colectivos. Un nuevo socio general que se incorpore a la sociedad también es responsable de todas las deudas anteriores de la sociedad limitada.

Un socio colectivo que haya dimitido no puede ser considerado responsable de las deudas de la sociedad después de que su dimisión haya sido registrada y anunciada en el Post- och Inrikes Tidningar (Boletín Oficial de Suecia).

Los socios también pueden nombrar a un tercero como firmante (firmante especialmente autorizado). Sin embargo, un firmante especialmente autorizado no puede ser registrado como la única persona que puede firmar en nombre de la sociedad.

Socio frente a socio colectivo

Las disposiciones para la creación de sociedades limitadas fueron introducidas por la Ley de Sociedades Limitadas de 1907, que legisla sobre las cuestiones propias de las sociedades limitadas.    Por lo demás, las sociedades limitadas se rigen por la legislación general sobre sociedades colectivas, es decir, la Ley de Sociedades Colectivas de 1890 (véase el apartado 53.3).

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Las sociedades limitadas se tratan como las sociedades colectivas en lo que respecta a su liquidación (véase la Parte 6), excepto cuando existe una petición de los acreedores para la liquidación de la sociedad con peticiones concurrentes contra uno o más socios (véase el apartado 53.100B) o una petición de los socios con peticiones concurrentes contra todos los socios (véase el apartado 53.100D).    En estos casos, el tribunal puede desestimar la petición contra un socio comanditario si éste demuestra al tribunal que ya no es responsable de las deudas y obligaciones de la sociedad) [nota 9].

Aparte de la necesidad de investigar hasta qué punto el socio comanditario puede haber participado en la gestión de la sociedad (véase el apartado 53.52), y de la necesidad de presentar la notificación de la orden de disolución en el Registro de Sociedades (véase el apartado 53.132), el caso puede tratarse como una sociedad colectiva, siguiendo las orientaciones y consejos de las Partes 6 y 7.

Sociedad colectiva

Una sociedad limitada (LP) -que no debe confundirse con una sociedad de responsabilidad limitada (LLP)- es una sociedad formada por dos o más socios. El socio colectivo supervisa y dirige la empresa, mientras que los socios comanditarios no participan en la gestión de la misma. Sin embargo, el socio general de una sociedad limitada tiene una responsabilidad ilimitada por la deuda, y los socios limitados tienen una responsabilidad limitada hasta el importe de su inversión.

Una sociedad limitada debe tener tanto socios generales como socios limitados. Los socios generales tienen responsabilidad ilimitada y tienen el control total de la gestión de la empresa. Los socios comanditarios tienen poca o ninguna participación en la gestión, pero también tienen una responsabilidad limitada al importe de su inversión en la LP.

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En general, una sociedad colectiva es un negocio en el que dos o más personas son propietarias. Hay tres formas de sociedades: sociedad limitada, sociedad general y sociedad de responsabilidad limitada. Las tres formas difieren en varios aspectos, pero también comparten características similares.

Acuerdo de sociedad limitada de capital privado

(13) El derecho, si se da, del socio(s) general(es) restante(s) para continuar el negocio en la muerte o jubilación de un socio general, o en la orden de un tribunal de jurisdicción competente que declara un socio general incompetente para manejar su persona o su propiedad; y

(4) La ubicación del lugar principal de negocios de la sociedad limitada en el Estado y, si la sociedad limitada es una formada bajo las leyes de cualquier otra jurisdicción, el nombre de la jurisdicción y la ubicación del lugar principal de negocios de la sociedad; y

(b) Un socio comanditario cuyo nombre aparece en una sociedad en contra de las disposiciones anteriores es responsable como socio general ante los acreedores de la sociedad que extienden el crédito a la sociedad sin el conocimiento real de que no es un socio general.

(1) todos los pasivos de la sociedad, excepto los pasivos a los socios generales y a los socios limitados a cuenta de sus contribuciones, han sido pagados o quedan bienes de la sociedad suficientes para pagarlos;

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