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Resumen anual modelo 115
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El modelo 115 es un impreso de liquidación por el que los autónomos y las empresas declaran a Hacienda las retenciones de IRPF practicadas en sus alquileres a lo largo del trimestre. En el caso de las grandes empresas, si la actividad se desarrolla en una oficina, taller o local de trabajo alquilado, es necesario rendir cuentas a Hacienda de las retenciones fiscales que se han practicado mensualmente en el pago de ese alquiler.
La declaración trimestral del modelo 115 se realizará entre los días 1 y 20 (ambos inclusive) de los meses de abril, julio, octubre y enero por las retenciones e ingresos a cuenta correspondientes al trimestre natural anterior.
La declaración mensual del modelo 115 para grandes empresas se realizará entre los días 1 y 20 (ambos inclusive) del mes siguiente al periodo de declaración mensual correspondiente. Excepto en el caso de los ingresos del mes de julio, que se presentarán durante el mes de agosto y los veinte primeros días naturales de septiembre.
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Algunos constructores deben presentar sus declaraciones GST/HST utilizando únicamente GST/HST NETFILE. Otros constructores pueden tener que presentar sus declaraciones GST/HST utilizando otro método electrónico. Para saber si debe presentar la declaración electrónicamente y qué método debe utilizar, consulte la hoja informativa GST/HST GI-099, Los constructores y los requisitos de presentación electrónica.
La presentación de una declaración GST/HST en papel cuando se requiere su presentación electrónica, o la utilización de un método de presentación electrónica incorrecto, puede dar lugar a retrasos en la tramitación, liquidaciones de impuestos netos, cargos por multas e intereses y la retención de otros reembolsos o rebajas que pueda esperar de nosotros.
Usted es responsable del GST/HST que cobra por los bienes o servicios el día en que recibe el pago o el día en que vence el pago, lo que ocurra primero. Por lo general, consideramos que un pago vence en la fecha en que usted emite una factura o en la fecha especificada en un acuerdo, lo que ocurra primero. Para obtener más información, consulte Cumplimentar y presentar una declaración – Calcular el impuesto neto.
Línea 101: Indique el importe total de los ingresos procedentes de las entregas de bienes y prestaciones de servicios, incluidas las entregas a tipo cero y las exentas, y otros ingresos correspondientes al período de declaración. No incluya lo siguiente:
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Última actualización: El CBDT ha emitido una circular el 9 de septiembre de 21 que amplía los plazos para ciertos cumplimientos de impuestos directos para el año 2021-22. 1. Extensión de la fecha de presentación del ITR:i) La presentación del ITR por parte de los contribuyentes no cubiertos por la auditoría se extiende desde el 30 de septiembre de 21 hasta el 31 de diciembre de 21ii) La presentación del ITR para los casos de auditoría fiscal se extiende hasta el 15 de febrero de 22 iii) La presentación del ITR para los precios de transferencia se extiende hasta el 28 de febrero de 22 iv) La presentación del ITR de la declaración tardía o revisada para el año fiscal 20-21 se extiende desde el 31 de diciembre de 21 hasta el 31 de marzo de 222. i) La fecha de presentación del informe de auditoría se amplía hasta el 15 de enero de 22ii) La fecha de presentación del informe de auditoría para los casos de precios de transferencia se amplía hasta el 31 de enero de 22
Si tiene algún ingreso no salarial, por ejemplo, ingresos por intereses o ingresos por cuenta propia, entonces añada los pagos de impuestos que ya se han realizado. También puede añadir estos detalles subiendo el formulario 26AS. En el caso de subir el Formulario 26AS, sólo se rellenan automáticamente los detalles del TDS y no los ingresos, por lo que es necesario introducir los detalles de los ingresos en el lugar correspondiente.
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Retención (IRPF) a pagar por los trabajadores de la empresa y por las facturas recibidas que tengan retención. Generalmente se trata de facturas de autónomos, incluidos los notarios.
Impuesto sobre el IVA neto adeudado. Suele ser igual al IVA recibido menos el IVA pagado. Si ha recibido más de lo que ha pagado, tiene que pagar la diferencia. Si ha pagado más de lo que ha recibido, entonces al final del año, puede trasladarlo al año siguiente (compensar), o hacer que lo devuelvan (devolver).
Las formas societarias más comunes son la SL (Sociedad Limitada) y la SA (Sociedad Anónima). Los accionistas no responden de las deudas de la empresa. Ambos tipos de sociedades tienen un tratamiento fiscal similar. La SL es algo más flexible (menos formal) y, por tanto, tiene un coste de mantenimiento menor. La SA es adecuada para las grandes empresas y tiene algunas ventajas: puede emitir bonos y obligaciones y puede cotizar en Bolsa. Además, la transferencia de acciones es más fácil con una SA que con una SL. Además, para una estructura de holding, la SA puede ser el mejor vehículo.
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Bienvenid@, soy Patricia Gómez y te invito a leer mi blog de interés.