Se puede contratar a un familiar como cuidador

Cómo conseguir que el estado le pague por cuidar a alguien

Un cuidador es una persona, normalmente mayor de 18 años, que proporciona cuidados a otra. Puede ser una persona que se encarga del cuidado directo, la protección y la supervisión de los niños en una guardería, o alguien que atiende las necesidades de los ancianos o discapacitados. Por lo general, es quien presta asistencia a otra persona que ya no es capaz de realizar las tareas críticas de cuidado personal o doméstico necesarias para la supervivencia diaria. Los cuidadores se rigen por leyes federales y estatales, que varían según el estado. Varias leyes regulan la elegibilidad y las normas de conducta, como el abuso o la negligencia de un cliente o la apropiación indebida de la propiedad de un cliente. A continuación se presenta un ejemplo de ley estatal que define al cuidador: NRS 453A.080 Definición de “cuidador principal designado”. 1. “Cuidador principal designado” significa una persona que: (a) Tiene 18 años de edad o más; (b) Tiene una responsabilidad significativa en el manejo del bienestar de una persona diagnosticada con una condición médica crónica o debilitante; y (c) Es designado como tal en la forma requerida de acuerdo con NRS 453A.250. 2. El término no incluye al médico que atiende a una persona diagnosticada con una condición médica crónica o debilitante.

Cuidadores de confort

Las agencias de asistencia domiciliaria contratan, forman, pagan, supervisan y son responsables de los cuidados que prestas como cuidador remunerado en el hogar de alguien. Ponte en contacto con ellas directamente para ver si tienen alguna vacante.    Utilice el localizador de la National Association of Home Care and Hospice para obtener un listado de agencias de atención domiciliaria en su zona.

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Las residencias de adultos, los centros de asistencia y las residencias de ancianos contratan, forman, pagan y supervisan a sus cuidadores. Póngase en contacto con ellos directamente para ver si tienen alguna vacante. Utilice los enlaces que aparecen aquí para obtener más información sobre este tipo de centros y conseguir un listado de los centros de su zona.

El Estado paga a un cuidador si la persona que necesita cuidados vive en su casa, tiene derecho a recibir servicios de cuidados y necesita que Medicaid le ayude a pagarlos. En esta situación, la persona que necesita cuidados contrata y supervisa al cuidador, pero éste es pagado por el Estado por estos servicios. Los cuidadores tienen un contrato con el Estado para prestar estos servicios y se denominan Proveedores Individuales (PI).

Los tipos de tareas de cuidado que un IP está autorizado a realizar y el número de horas que se le pagará por hacerlas se determina mediante un plan de cuidados.    El plan de cuidados es el resultado de una evaluación de cuidados realizada por el trabajador social/gestor de casos del DSHS que trabaja directamente con la persona que necesita cuidados.

Asociación de alzheimer

Muchos trabajadores tienen responsabilidades como cuidadores y necesitan tener acceso a cierto nivel de flexibilidad en el lugar de trabajo para poder cuidar a un cónyuge, un hijo o un familiar con una discapacidad médica. La flexibilidad en el lugar de trabajo puede incluir beneficios o privilegios del empleo, como horarios flexibles y alternativos, trabajo en casa y acceso a permisos. Esta flexibilidad puede reforzar la moral de los empleados y aumentar su retención al permitirles gestionar de forma constructiva las responsabilidades laborales y las obligaciones personales, pero muchos trabajadores no tienen acceso generalizado a estas prestaciones o privilegios laborales. Por ello, JAN recibe a menudo consultas sobre si la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) puede aplicarse a los cuidadores de personas con discapacidad que solicitan flexibilidad en el lugar de trabajo como forma de ajuste razonable. Los trabajadores con responsabilidades de cuidado no tienen derecho a recibir ajustes razonables en el lugar de trabajo en virtud de las disposiciones laborales de la ADA, pero pueden aplicarse otros requisitos federales, estatales y locales. Las siguientes preguntas y respuestas abordan algunas de las consultas más comunes que recibe JAN en relación con los cuidadores, las adaptaciones y la ADA.

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Ayudas públicas para los cuidadores familiares

Los términos “Live-In” y “24 Hour Care” se utilizan a menudo indistintamente. Sin embargo, se trata de dos tipos de cuidados totalmente diferentes. En el caso de los cuidados “en directo”, el cuidador reside en el domicilio del anciano. Aunque duermen allí por la noche, se les permite descansar y dormir al menos entre ocho y diez horas. En esas horas de la noche, se espera que asistan a su cliente mayor sólo para tareas rápidas, como ir al baño.

Por el contrario, en el tipo de cuidado de 24 horas, se espera que los cuidadores por turnos permanezcan en servicio completo durante toda la duración de su turno, con sólo uno o más descansos rápidos entre ellos. El tipo más común de cuidados de 24 horas implica tres turnos de 8 horas en los que los cuidadores están alerta y en pleno funcionamiento.

Los receptores de cuidados que optan por cuidadores internos se benefician de la presencia de alguien con ellos día y noche. Habiendo tomado la decisión fundamental de permanecer en la santidad y la comodidad de sus propios hogares, estos receptores de cuidados adoran el horario de los cuidadores internos por varias razones:

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