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Solicitud de préstamo online de la sss
1. Notifique a su empleadorHable con su empleador sobre cuánto puede trabajar. El empresario debe estudiar siempre la posibilidad de reubicarte. Si no es posible, puede solicitar la prestación por embarazo.2. Solicite en Mis páginas (Mina sidor)Acceda a Mis páginas (My pages) para solicitar la prestación por embarazo. Normalmente, no podrá percibir la indemnización por el tiempo transcurrido antes de solicitar la prestación por embarazo.Además de la solicitud, necesitamos:7206 Declaración del empresario sobre la reubicación de una empleada embarazadaSi solicita la prestación por embarazo debido a tareas laborales físicamente exigentes, su solicitud debe indicar claramente qué aspectos de su jornada laboral son físicamente exigentes y cómo afecta el hecho de estar embarazada a la forma de realizar sus tareas laborales.
3. Si su solicitud está completa y hemos recibido la declaración de su empresario, recibirá una decisión en un plazo de 30 días. Si necesitamos más información, nos pondremos en contacto con usted lo antes posible.4. Enviar la declaraciónUna vez recibida la decisión, debe enviar una declaración en la que escriba qué días no ha podido trabajar o no podrá hacerlo. A continuación, envíe la declaración a través de Mis páginas (Mina sidor).
Inscripción en línea de la sss
El subsidio de enfermedad es una prestación que se abona al asegurado que se encuentra en situación de incapacidad laboral temporal como consecuencia de una enfermedad específica o de una invalidez corporal o mental. El subsidio se abona a razón del 60 % de la remuneración media semanal asegurable (AWIE) del solicitante durante un periodo máximo de 26 semanas de enfermedad médicamente certificada.
El subsidio de maternidad es un pago periódico que se concede a la mujer que queda incapacitada para el trabajo como consecuencia de su embarazo y parto. La prestación se abona a razón del 60 % de la remuneración media semanal asegurable (AWIE) de la demandante durante un periodo máximo de 12 semanas.
Si la demandante no tiene suficientes cotizaciones para tener derecho a la prestación de maternidad, se pueden utilizar las cotizaciones combinadas del marido y la mujer, o de los cónyuges que vivan asociados durante un periodo no inferior a 3 años, para cumplir con el número de cotizaciones requerido.
Solicitud de prestación por maternidad
El subsidio se abona a las mujeres que no trabajan, a las que trabajan por cuenta propia o a las que trabajan por cuenta ajena, así como a las que trabajan por cuenta ajena sólo si no hacen uso del permiso de maternidad en su lugar de trabajo.
*En la Ley de Empleo y Relaciones Laborales se distingue entre los términos trabajador por cuenta propia y autónomo. Mientras que una persona que trabaja por cuenta propia tiene derecho a las dos prestaciones mencionadas anteriormente, una trabajadora por cuenta propia sólo tiene derecho a la prestación de maternidad.
Una mujer debe (a) estar contratada en un trabajo asegurable y tener derecho a la baja por maternidad o (b) estar ocupada por cuenta propia y recibir la prestación por maternidad completa.¿A qué tengo derecho y cómo puedo solicitarla? La prestación por maternidad se paga a tanto alzado de 99,59 euros por semana durante 14 semanas. Las mujeres autónomas tienen derecho a 181,08 euros por semana. Es necesario que se disfrute de un mínimo de seis semanas tras el nacimiento del hijo. La prestación por maternidad puede pagarse íntegramente tras el nacimiento del hijo o dividirse en dos plazos antes y después del parto.
Formulario de prestación por maternidad pdf
El subsidio de maternidad cubre a todas las afiliadas autónomas, voluntarias, trabajadoras filipinas en el extranjero (OFW), cónyuges no trabajadoras y afiliadas que están separadas del empleo y que aún no han recibido ningún anticipo del subsidio de maternidad de sus anteriores empleadores. Mientras tanto, el reembolso de la prestación por maternidad cubre a todos los empleadores, incluidos los empleadores domésticos.
La Ley de Licencia de Maternidad Ampliada de 105 días, implementada el 11 de marzo de 2019, aumenta el número de días compensables de licencia de maternidad, desde los 60 días iniciales por parto normal, o 78 días por parto por cesárea, hasta 105 días por parto en vivo… independientemente del tipo de parto. Se añaden 15 días de permiso retribuido si la trabajadora tiene derecho a ser madre soltera.
En caso de aborto espontáneo o ETP, el derecho es de 60 días de permiso de maternidad retribuido. La ley también concede una mayor consideración a nuestras mujeres al ampliar el permiso de maternidad a cada caso de embarazo, aborto o PTE, independientemente de su frecuencia, a partir del límite anterior de los cuatro primeros partos o abortos.
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Bienvenid@, soy Patricia Gómez y te invito a leer mi blog de interés.