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DEFINICIÓN: Un trabajador está totalmente asegurado para recibir las prestaciones de jubilación después de haber trabajado al menos 10 años (ganando 40 créditos de la Seguridad Social) en un empleo en el que ha pagado los impuestos de la Seguridad Social. La cantidad de ingresos necesarios para obtener un crédito puede variar ligeramente cada año en función del aumento del nivel medio de ingresos, y un trabajador puede obtener hasta cuatro créditos en un año.
En 2018, el número de mujeres de 62 a 66 años totalmente aseguradas (9,0 millones) superó el número de hombres de la misma edad totalmente asegurados (8,8 millones). Sin embargo, el porcentaje de mujeres totalmente aseguradas en este grupo de edad (89%) siguió siendo inferior al de los hombres totalmente asegurados (94%).
Cuando usted trabaja para la mayoría de las empresas, paga primas al programa de Seguro de Incapacidad de la Seguridad Social a través de los impuestos sobre la nómina FICA. Una vez que haya trabajado (y pagado al sistema de la Seguridad Social por incapacidad) el tiempo suficiente, estará totalmente asegurado y, por tanto, tendrá derecho a las prestaciones de la Seguridad Social por incapacidad en caso de que quede incapacitado.
Para determinar si está totalmente asegurado, la Administración de la Seguridad Social tiene en cuenta cuánto ha trabajado en términos de “trimestres de cobertura”. Puede obtener hasta cuatro trimestres de cobertura cada año.
Para estar plenamente asegurado a efectos de la Seguridad Social por incapacidad, debe haber ganado al menos un trimestre de cobertura al año por cada año desde que cumplió los 21 años. Se necesita un mínimo de seis trimestres de cobertura para estar totalmente asegurado a cualquier edad.
Cuando haya alcanzado los 40 trimestres de cobertura, obtendrá la condición de asegurado permanente. En ese momento, estará totalmente asegurado para recibir las prestaciones de la Seguridad Social por incapacidad, tanto si sigue trabajando como si no, pero deberá haber trabajado cinco de los últimos diez años para que se le aprueben las prestaciones del SSDI. Por eso es imprescindible solicitar las prestaciones de incapacidad de la Seguridad Social en cuanto no pueda trabajar.
¿Todo el mundo tiene derecho a la Seguridad Social? No. Aun así, son relativamente raros los trabajadores estadounidenses que no tendrán derecho a las prestaciones de jubilación de la Seguridad Social. Si usted es uno de ellos, es importante que lo sepa, para que pueda asegurarse otras fuentes de ingresos o determinar si es posible que cumpla los requisitos. A continuación se exponen las ocho categorías más comunes de trabajadores que carecen de derecho a la Seguridad Social y, por tanto, no tienen derecho a las prestaciones.
¿Se puede cobrar la Seguridad Social si nunca se ha trabajado? No, porque un requisito mínimo para cobrar las prestaciones de jubilación de la Seguridad Social es haber trabajado lo suficiente. La Administración de la Seguridad Social (SSA) define “trabajo suficiente” como la obtención de 40 créditos de la Seguridad Social. Más concretamente, en 2021, una persona recibe un crédito por cada 1.470 dólares de ingresos, y puede obtener un máximo de cuatro créditos al año. Por tanto, 40 créditos equivalen aproximadamente a 10 años de trabajo.
Si gana el salario mínimo federal de 7,25 dólares por hora, necesitará 202,75 horas de trabajo para recibir un crédito para la Seguridad Social. Trabajando sólo 17 horas a la semana durante 50 semanas con este salario (permitiéndose dos semanas de vacaciones), podrá obtener el máximo de créditos al año. Esto significa que incluso aquellos que trabajan a tiempo parcial para poder asistir a la escuela o cuidar de un hijo -o aquellos que trabajan a tiempo parcial porque no pueden encontrar un trabajo a tiempo completo- pueden acumular créditos de la Seguridad Social sin demasiados problemas.
Hasta finales de 2017, el sistema de Seguridad Social de Francia tenía un régimen separado para los trabajadores autónomos que no se dedican a la agricultura. La Ley de Financiación de la Seguridad Social para 2018 eliminó el Régime Social des Indépendants (RSI) y la cobertura obligatoria de la Seguridad Social de estos trabajadores se realiza ahora en el régimen general. No obstante, como se describe en este documento, existen disposiciones específicas que se aplican a los trabajadores autónomos.
Se ha establecido un periodo de transición de 2 años (hasta el 1 de enero de 2020) para transferir las responsabilidades del RSI a los organismos encargados del régimen general (CPAM, CARSAT, URSSAF y CGSS para los departamentos de ultramar).
Las antiguas cajas del RSI se convirtieron en sucursales de la Seguridad Social el 1 de enero de 2018. Han mantenido las mismas competencias (en colaboración con los organismos autorizados cuando se trata del seguro obligatorio de salud-maternidad), salvo que ahora trabajan por cuenta del régimen general.
Para la cobertura de su seguro de enfermedad, en 2019, todos los nuevos trabajadores autónomos deben inscribirse en la caja local del seguro de enfermedad (“caisse primaire d’assurance maladie” / CPAM) de su lugar de residencia. A partir de 2020, todos los trabajadores autónomos con afiliación previa al RSI y gestión de las prestaciones por parte de una aseguradora o mutua autorizada pasarán por su CPAM para todos los seguros de salud y maternidad y el pago de las prestaciones diarias. Las cajas asignadas a la cobertura de los trabajadores autónomos se encargan también del pago de las pensiones de jubilación básicas y complementarias obligatorias de la Seguridad Social y de las prestaciones por invalidez-muerte (por cuenta del régimen general).
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