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En el pasado, hemos proporcionado el resumen de detalles de las cuotas como cortesía a los representantes, pero debido a los crecientes costes asociados con el procesamiento, la impresión y el envío de las hojas, hemos suspendido este servicio.
Con los pagos, proporcionamos información a las instituciones financieras donde los representantes reciben sus pagos directos. También recomendamos a los representantes que conserven todas las notificaciones detalladas de reclamaciones y pagos de tasas autorizadas que les enviemos. Esto ayudará a una más fácil conciliación de los pagos al final del año.
El depósito directo de los pagos de las cuotas, tanto para las reclamaciones del título II como para las del título XVI, está disponible para los representantes que hayan completado los dos pasos del proceso de inscripción y hayan solicitado el pago de las cuotas mediante transferencia electrónica de fondos. La institución financiera que recibe el depósito directo recibe información que puede ayudar a los representantes a identificar el origen del pago. Esta información incluye las cuatro primeras letras del nombre de los demandantes, las trece primeras letras del apellido de los demandantes, cualquier sufijo del nombre de los demandantes, el SSN de los demandantes y el importe del pago. Queda a discreción de la entidad financiera proporcionar esta información a los representantes y otros titulares de cuentas.
Certificado A1 Suecia
La afiliación a los organismos y administraciones de seguridad social de Luxemburgo es obligatoria para toda persona que ejerza una actividad profesional remunerada en Luxemburgo. Toda persona que trabaje en Luxemburgo pero que no resida allí está, en principio, también afiliada a la caja de seguro de enfermedad de su lugar de residencia.
Además, en función de las condiciones estipuladas por la caja del seguro de enfermedad del país de residencia del asegurado, los miembros de la familia se benefician de la condición de coasegurados en el seguro de enfermedad, siempre que no estén ya asegurados personalmente.
Al presentar el formulario de declaración de inicio de actividad a la CCSS en formato papel o a través de SECUline, el empresario debe marcar la casilla “ocupación ocasional” para que estos empleados queden exentos de afiliación.
Las personas que realicen trabajos por cuenta propia como actividad principal o accesoria también están exentas de afiliarse a la Seguridad Social cuando sus ingresos profesionales no superen 1/3 del salario mínimo social anual.
Para tener derecho a las prestaciones por maternidad, la asegurada debe haber estado afiliada al menos 6 meses durante los 12 meses anteriores al permiso de maternidad o de adopción (en caso de adopción de uno o varios hijos).
El Tribunal de la UE ha determinado que las actividades laborales marginales a tiempo parcial ejecutadas en forma de empleo en otro país por un trabajador autónomo no repercuten en la afiliación de dicho individuo en términos de incurrir en prestaciones de seguridad social. Esto se aplica a las personas que trabajan por cuenta propia dentro de la UE/EEE y que trabajan menos del 5 por ciento del total de las horas normales de trabajo por cuenta ajena en otro país.
Dentro de la UE/EEE, es el Reglamento (CE) 883/2004 y las normas de aplicación asociadas en el Reglamento (CE) 987/2009 los que determinan el país en el que una persona debe percibir las prestaciones de la seguridad social. De acuerdo con el Reglamento, una persona puede recibir prestaciones de la seguridad social en un solo país a la vez. Las cotizaciones a la seguridad social deben pagarse en el país en el que la persona percibe las prestaciones de la seguridad social.
Si una persona trabaja por cuenta ajena en un país y trabaja por cuenta propia en otro, se considera que tiene derecho a las prestaciones de la seguridad social en el país en el que trabaja. Un ejemplo es el caso de una persona que reside en Dinamarca y trabaja por cuenta propia en ese país, pero que también trabaja por cuenta ajena en Suecia y realiza un trabajo en ese país. En este caso, se considera que la persona está asegurada en Suecia, ya que el lugar de trabajo determina dónde está asegurada. Esto implica que el individuo, en este caso, debe cotizar a la seguridad social sueca por sus ingresos obtenidos de actividades laborales realizadas en Dinamarca como trabajador autónomo.
Certificado A1 eu
Los estudiantes/becarios F-1 y J-1 pueden comenzar a trabajar mientras la solicitud de un SSN está siendo procesada por la Administración de la Seguridad Social (SSA). Sin embargo, no podrán recibir ingresos hasta que el departamento de Recursos Humanos de su respectivo empleador haya emitido y tramitado el recibo de tramitación del SSN y/o el SSN.
Los empleadores pueden consultar la hoja informativa de la SSA, Employer Responsibilities When Hiring Foreign Workers (Responsabilidades de los empleadores al contratar trabajadores extranjeros), disponible en www.socialsecurity.gov/employer/hiring.htm. Esta hoja informativa contiene información sobre cómo reportar los salarios de un empleado que aún no ha recibido un SSN.
Los estudiantes/becarios internacionales, con estatus primario F o J, que no tengan acceso a transporte personal pueden organizar un viaje a través de los Servicios para Estudiantes y Becarios Internacionales a la SSA en Tupelo, Mississippi. No se ofrece transporte a los dependientes F o J ni a los ciudadanos estadounidenses. Los viajes se ofrecen periódicamente a través de los Servicios para Estudiantes Internacionales y Becarios en la sala 331 de Martindale. Los días y horarios se publicarán en la hoja de inscripción de la recepción. La capacidad de los viajes está restringida a un máximo de 6 estudiantes/becarios internacionales por día de viaje de SSA.
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Bienvenid@, soy Patricia Gómez y te invito a leer mi blog de interés.