Solicitud de pago directo por incapacidad temporal

Solicitud de pago directo por incapacidad temporal

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Advertencia: Muchos miembros de la SERS han recibido recientemente correos electrónicos no solicitados y potencialmente engañosos de empresas no afiliadas a la SERS que ofrecen asesoramiento en materia de jubilación. SERS anima a sus miembros a ser cautelosos con las solicitudes por correo electrónico y a ser escépticos ante cualquier intento de las empresas externas de solicitar información personal o financiera. SERS NUNCA se pondrá en contacto con usted para pedirle información personal. Si le falta un año para jubilarse y necesita una cita, puede solicitarla por correo electrónico a

Contenido de la páginaEsta prestación está disponible en los casos de compensación de los trabajadores en disputa cuando su organismo ha denegado formalmente todas las prestaciones y se ha presentado un recurso ante la Comisión de Compensación de los Trabajadores. Usted puede ser elegible para el beneficio de incapacidad temporal si:Si el beneficio de Compensación de Trabajadores que está recibiendo se termina, usted puede ser elegible para

Debe presentar una solicitud para recibir las prestaciones. Es importante presentar una solicitud de prestación por incapacidad ante el SERS cuando parezca que su incapacidad va a continuar más allá de los 30 días siguientes a su baja en la nómina, o cuando se extinga su prestación de indemnización por accidente de trabajo.El proceso de solicitud requiere que obtenga un informe médico de un profesional sanitario autorizado aceptable que certifique que no puede desempeñar su puesto. También debe firmar un formulario de autorización para que SERS tenga acceso a su historial médico.

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Desventajas de los pagos directos

Los pagos directos le permiten recibir pagos en efectivo de la autoridad local en lugar de los servicios de asistencia. Esto puede darle mucha más flexibilidad y un mayor control de su paquete de ayuda. En esta página encontrará información sobre qué son los pagos directos y dónde puede encontrar información más detallada.

Si la autoridad local ha decidido que usted tiene derecho a recibir servicios de atención comunitaria, probablemente podrá optar por recibir pagos en lugar de los servicios. Se trata de pagos directos y usted puede utilizar el dinero para organizar sus propios servicios de atención.

Una ayuda para los cuidadores

Los pagos directos son pagos de la Fundación de Asistencia Sanitaria y Social (HSC) local para personas que han sido evaluadas como necesitadas de ayuda de los servicios sociales. Y que desean organizar y pagar sus propios servicios de atención y apoyo en lugar de recibirlos directamente de la fundación local.

El organismo local está obligado a ofrecerle la opción de pagos directos en lugar de los servicios que recibe actualmente. Hay algunas circunstancias limitadas en las que no se le da esta opción y su organismo local podrá informarle sobre ellas.

Si su organismo local ha decidido que usted no necesita servicios de asistencia social, no le ofrecerá pagos directos. Si cree que sus necesidades o circunstancias han cambiado, pida a su organismo local una nueva evaluación.

Los pagos directos se hacen directamente en su banco, sociedad de crédito hipotecario, oficina de correos o cuenta de National Savings. Si necesita que alguien que le cuide recoja su dinero, o si está registrado como ciego, el pago puede hacerse enviando un cheque que puede cobrarse en la oficina de correos.

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Quién recibe los pagos directos

Por lo general, la autoridad local (LA) no le permitirá utilizar los pagos directos para pagar los servicios de su marido, esposa o pareja o de los miembros de la familia que viven con usted. Es decir, las siguientes personas:

La LA puede permitir que se pague a alguien de la lista anterior si está convencida de que es necesario para satisfacer sus necesidades o, si la persona que necesita cuidados es un niño y es necesario promover el bienestar del niño.

Si está pensando en utilizar los pagos directos para emplear a sus propios cuidadores, debe ser consciente de las responsabilidades que tendrá como empleador y de los costes que esto supondrá. Por ejemplo, tendrá que organizar la contratación, el seguro, la paga por enfermedad y otras prestaciones para los empleados, y tendrá que llevar registros y cuentas.

Si suele vivir en casa, puede utilizar los pagos directos para pagar estancias cortas en una residencia. Existen límites estrictos en cuanto a la duración de las ayudas directas durante la estancia en una residencia. Se aplican normas diferentes a los adultos y a los niños.

Si vive habitualmente en una residencia, puede recibir ayudas directas para servicios de atención no residencial, por ejemplo, para participar en actividades diurnas. También puede recibir ayudas directas para probar a vivir de forma independiente y ver si puede hacerlo.

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