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(a) SalarioPara los fines de este capítulo, el término “salario” significa toda la remuneración por el empleo, incluido el valor en efectivo de toda la remuneración (incluidas las prestaciones) pagada en cualquier medio que no sea en efectivo; excepto que dicho término no incluirá
(2) el importe de cualquier pago (incluido cualquier importe pagado por un empleador en concepto de seguro o anualidades, o en un fondo, para prever cualquier pago de este tipo) realizado a, o en nombre de, un empleado o cualquiera de sus dependientes en virtud de un plan o sistema establecido por un empleador que prevea para sus empleados en general (o para sus empleados en general y sus dependientes) o para una clase o clases de sus empleados (o para una clase o clases de sus empleados y sus dependientes), a causa de-
enfermedad o incapacidad por accidente (pero, en el caso de los pagos efectuados a un empleado o a cualquiera de sus dependientes, este subpárrafo excluirá del término “salario” únicamente los pagos que se reciban en virtud de una ley de indemnización de los trabajadores), o
cualquier pago a cuenta de una incapacidad por enfermedad o accidente, o de gastos médicos o de hospitalización en relación con una incapacidad por enfermedad o accidente, efectuado por un empleador a, o en nombre de, un empleado después de la expiración de los 6 meses naturales siguientes al último mes natural en que el empleado trabajó para dicho empleador;
§ 416.1212. Exclusión del hogar.(a) Definición. Un hogar es cualquier propiedad en la que un individuo (y su cónyuge, si lo hay) tiene un interés de propiedad y que sirve como lugar de residencia principal del individuo. Esta propiedad incluye el refugio en el que reside un individuo, el terreno en el que se encuentra el refugio y las dependencias relacionadas.
(b) Vivienda no contabilizada. La vivienda no se contabiliza, independientemente de su valor. Sin embargo, véanse los §§ 416.1220 a 416.1224 cuando exista una propiedad productora de ingresos situada en la propiedad de la vivienda que no cumpla los requisitos para la exclusión de la vivienda.
(c) Si una persona cambia de residencia principal. Si un individuo (y su cónyuge, si lo hay) se muda de su casa sin intención de volver, la casa se convierte en un recurso contable porque ya no es el lugar de residencia principal del individuo. Si una persona abandona su casa para vivir en una institución, seguimos considerando que la casa es el lugar de residencia principal de la persona, independientemente de su intención de volver, siempre que un cónyuge o un familiar a cargo de la persona con derecho a la ayuda siga viviendo en ella. El patrimonio de la persona en su antigua vivienda se convierte en un recurso contable a partir del primer día del mes siguiente al que deja de ser su residencia principal.
La sección 743 de la División C de la Ley de Asignaciones Consolidadas para el Año Fiscal 2010, P.L. 111-117, requiere que las agencias civiles preparen un inventario anual de sus contratos de servicios. Un inventario de contratos de servicios ayuda a un organismo a comprender mejor cómo los servicios contratados apoyan la misión y las operaciones y si las habilidades de los contratistas se utilizan de manera adecuada.
Todos los contratos de servicios de más de 25.000 dólares adjudicados por la Administración de la Seguridad Social en el ejercicio 2019 se incluyen en el inventario de contratos de servicios. El inventario resumido enumera los diez principales códigos de servicios de productos por valor total en dólares del inventario y los códigos de servicios de productos de interés especial identificados por la Oficina de Gestión y Presupuesto.
La información de estos inventarios ayuda a las agencias a determinar cómo se distribuyen los recursos de los contratos y puede ayudar a una agencia a determinar si sus prácticas están creando una dependencia excesiva que requiere una mayor gestión de los contratos o un reequilibrio para garantizar que el gobierno está gestionando eficazmente el riesgo y obteniendo los mejores resultados para el contribuyente.
Exclusión del impuesto sobre la renta de una parte de la indemnización por desempleo para 2020. Para las personas físicas con una renta bruta ajustada inferior a 150.000 dólares, se excluyen de la renta bruta hasta 10.200 dólares de la indemnización por desempleo. En el caso de una declaración conjunta, se excluyen hasta 10.200 dólares recibidos por cada cónyuge. (Véase la L.P. 117-2 y el artículo 85(c)).
Condonación de préstamos del Programa de Protección del Salario. La renta bruta no incluye ninguna cantidad derivada de la condonación de un préstamo del Programa de Protección de Cheques (PPP), en vigor para los ejercicios fiscales que terminen después del 3/27/2020. (Véase la L.P. 116-136.) Asimismo, los ingresos brutos no incluyen ninguna cantidad derivada de la condonación de los préstamos PPP del segundo sorteo, en vigor a partir del 27/12/2020. (Véase la L.P. 116-260.)
Subvenciones de ayuda financiera de emergencia. Ciertas subvenciones de ayuda financiera de emergencia en virtud de la Ley CARES están excluidas de los ingresos de los estudiantes universitarios, con efecto para las subvenciones concedidas después del 26/3/2020. (Véanse las leyes P.L. 116-136 y P.L. 116-260).
Otras condonaciones de préstamos en virtud de la Ley CARES. Los ingresos brutos no incluyen ninguna cantidad derivada de la condonación de determinados préstamos, subvenciones de emergencia para préstamos por daños económicos y catástrofes (EIDL), y determinadas ayudas para la devolución de préstamos, cada una de ellas según lo dispuesto en la Ley CARES, en vigor para los ejercicios fiscales que finalicen después del 3/27/2020. (Véanse las leyes P.L. 116-136 y P.L. 116-260).
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