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En concreto, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados se ha incrementado en su conjunto. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados se regula en el Real Decreto 1/1993 de 24 de septiembre y se aplica en el Real Decreto 828/1995 de 29 de mayo.

Como norma general será el 4%, del mayor valor entre el importe declarado en el contrato/escritura y el dado por Hacienda. La cuantía es del 8% para: embarcaciones de más de 8 metros de eslora, vehículos de más de 15 caballos fiscales y objetos de arte y antigüedades.

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InnoEnergy ha adquirido participaciones en el capital social de Scoobic Urban Mobility, con el objetivo de levantar unas instalaciones de 2.000 m2 en Sevilla en las que se invertirán 12 millones de euros y se fabricarán vehículos eléctricos de reparto de “última milla”. El proyecto empleará inicialmente a 160 personas y llegará a 500 en 2025. El objetivo de Scoobic, cuyos vehículos son utilizados por clientes como Bridgestone, Revoolt (Alcampo) y Mission Box, es trasladar su fábrica de vehículos 100% eléctricos de China a Sevilla a finales de 2021. Con el objetivo de continuar su expansión internacional, Scoobic ya vende y ofrece un servicio de posventa para sus vehículos eléctricos en los más de 3.000 talleres de First Stop, empresa de la corporación Bridgestone.

InnoEnergy, empresa apoyada por el Instituto Europeo de Innovación y Tecnología, está especializada en proyectos de desarrollo energético sostenible en Europa. La participación de InnoEnergy proporciona apoyo internacional y financiero al proyecto de Scoobic, que ha recibido el certificado de excelencia de la CE tanto a nivel económico como industrial. “Este certificado es una garantía de calidad para los inversores mundiales que evalúan el valor de nuestro proyecto”, afirman los representantes de la empresa.

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La subvención finalista consiste en una cantidad de dinero que deberá destinarse exclusivamente a la amortización de la deuda y al pago a proveedores, incluidos los salarios de los trabajadores, y a otros acreedores, financieros o no financieros, así como a los gastos fijos en que haya incurrido el solicitante de la subvención, siempre que los pagos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, en relación con contratos anteriores al 13 de marzo de 2021, y, en todo caso, estén pendientes de pago a 31 de mayo de 2021 y sean deudas de tesorería.

Las ayudas se extenderán también a los sectores afectados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, un total de 249 actividades económicas aceptadas en la convocatoria pública, lo que supone una ampliación de 154 respecto a las 95 estipuladas inicialmente en el Real Decreto 5/21.

Además, el procedimiento de aprobación de la subvención en Andalucía se realiza en dos fases. La fase 1 consiste en la cumplimentación de un formulario previo que autoriza a la Junta de Andalucía y a la Agencia Tributaria AEAT a consultar los datos fiscales de la empresa para el cálculo automático de la subvención aplicable si se cumplen los requisitos. Posteriormente, en la Fase 2, cuando la consulta automática de la AEAT arroje un resultado positivo, el potencial beneficiario podrá presentar un segundo formulario para iniciar el procedimiento de aprobación.

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