Habitaciones juveniles de niña

centro de detención de menores cerca de mí

La detención es un entorno seguro para los jóvenes acusados de un delito y pendientes de una audiencia judicial. El centro de detención está diseñado para proporcionar un entorno de vida seguro y una gama completa de servicios para los jóvenes que incluyen: servicios médicos, educativos, psicológicos y recreativos.

El centro de detención tiene 80 camas y consta de habitaciones individuales y dormitorios. Hay tres dormitorios con capacidad para 8 jóvenes cada uno, con uno reservado para la Academia de Liderazgo Juvenil. Los jóvenes que llevan al menos dos semanas en el centro de detención y que han demostrado un comportamiento ejemplar pueden ser alojados en estos dormitorios.

El centro de detención ofrece una gama completa de servicios que incluyen servicios educativos, médicos y psicológicos junto con programas recreativos y espirituales. El día normal de un menor consiste en entrenamiento físico a partir de las 6 de la mañana, desayuno de 7:00 a 7:30, revisión de las normas y reglamentos de 7:30 a 8:00, escuela de 8:00 a 12:00 y de 1:00 a 3:00, con programas recreativos después de las 3. La jornada de los menores puede terminar desde las 7:30 pm hasta las 10:00 pm, dependiendo de su nivel de comportamiento actual. El centro de detención cuenta con 75 empleados a tiempo completo y 18 a tiempo parcial, con puestos que incluyen oficiales de detención, supervisores, personal de enfermería, secretaria administrativa, personal de CSR, personal de cocina y un LCDC interno.

lista de centros de detención de menores

El reformatorio estatal para chicos de Marysville cerró por falta de compromisos. Veintiocho chicos fueron trasladados a la Escuela Industrial de San Francisco. El Estado donó 10.000 dólares a la Escuela Industrial de San Francisco y acordó pagar 15 dólares en monedas de oro al mes por cada niño de la escuela. Durante este año, las niñas de la Escuela Industrial fueron transferidas al Asilo de la Magdalena en San Francisco.

El buque escuela Jamestown fue transferido por la Marina de los Estados Unidos a la ciudad de San Francisco para complementar la Escuela Industrial de San Francisco. El buque debía proporcionar formación en marinería y navegación a los chicos en edad de hacerlo. Después de seis meses, se realizaba un examen y los alumnos que aprobaban podían ser contratados como marineros en buques mercantes regulares.

B. T. Collins, un héroe de la guerra de Vietnam que perdió un brazo y una pierna en ese conflicto, fue nombrado director en marzo. Dimitió en agosto cuando el Gobernador le pidió que se presentara a la Asamblea del Estado.  William B. Kolender, antiguo jefe de policía de San Diego, fue nombrado director.La escuela N. A. Chaderjian abrió sus puertas. La institución de 600 camas en el NCYC aumentó a cuatro el número de escuelas de formación en ese lugar. Chaderjian era secretario de la Agencia Correccional de Jóvenes y Adultos en el momento de su prematura muerte en 1988.  La escuela Fred C. Nelles celebró su centenario.

edad de la cárcel de menores

Institución de 30 camas para infractores de la ley de menores.     Alberga a menores masculinos y femeninos, generalmente de entre 12 y 18 años, que están detenidos a la espera de las audiencias del Tribunal de Menores o de su traslado a otro centro.

Cuando un juez del Tribunal de Menores determina en una Audiencia de Detención que los menores permanecerán detenidos, se les asigna una unidad de alojamiento en función de sus necesidades, la naturaleza del delito evaluado y su nivel de riesgo para la seguridad.     Las unidades se configuran con actividades y reglas muy similares entre sí.     Una vez más, el personal del Centro de Detención de Menores asigna a los menores a las unidades de alojamiento en función de la edad, el sexo y el riesgo para la seguridad.

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[307] Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (“Reglas Mínimas”), U.N. ECOSOC Res. 663C y2076, adoptadas el 31 de julio de 1957 y el 13 de mayo de 1977, párr. 53(3) (“Las reclusas serán atendidas y vigiladas únicamente por funcionarias. Sin embargo, esto no impide que los miembros masculinos del personal, en particular los médicos y los maestros, desempeñen sus funciones profesionales en los establecimientos o partes de los establecimientos destinados a las mujeres”). En casos relativos a reclusas adultas, los tribunales estadounidenses han reconocido los riesgos de la supervisión entre géneros y también han reconocido que no pueden establecerse paralelos exactos entre las circunstancias en las que los hombres vigilan a las reclusas y aquellas en las que las mujeres vigilan a los hombres. Véase Jordan v. Gardner, 986 F.2d 1521, 1527 (9th Cir. 1993), Everson v. Mich. Dep’t of Corr., 391 F.3d 737 (6th Cir. 2004).

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