Cita dgt cambio titularidad

Cuánto cuesta cambiar el nombre de un coche

Sin embargo, si usted es residente en nuestro país, tendrá que matricular su vehículo matriculado en el extranjero en España. Su matriculación es obligatoria siempre que el titular del vehículo sea residente nacional. Dispone de un plazo de un mes desde que adquiere la condición de residente para volver a matricular su vehículo con matrícula española.

Si por cualquier motivo no te da tiempo a realizar el trámite de matriculación de tu vehículo en el plazo de un mes, puedes solicitar a la DGT la matriculación temporal de tu vehículo. Con este trámite recibirás unas placas verdes de matriculación temporal con las que podrás conducir tu vehículo durante 2 meses (prorrogables) mientras realizas el trámite de matriculación adecuado.

Formulario de transferencia de propiedad

Aunque algunos prefieren contratar los servicios de un gestor español para realizar este trámite, es bastante sencillo hacerlo uno mismo si cuenta con la documentación correcta y si sabe hablar un poco de español.

En primer lugar, el comprador deberá crear un contrato de compraventa por escrito entre él y el vendedor del vehículo, que deberá incluir la fecha y hora exactas en que se convertirá en el nuevo propietario del vehículo. Ambas partes deberán firmarlo.

Cuando venda su vehículo a otra persona, también se le recomienda encarecidamente que se asegure de no entregar nunca el vehículo sin tener un contrato firmado por ambas partes. Las dos hojas del contrato también deben estar firmadas por el comprador y el vendedor.

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En un plazo de 10 días, el vendedor del vehículo tendrá que notificar la venta del vehículo a la Jefatura de Tráfico utilizando el formulario correcto aquí. Si no lo hace, el vendedor puede ser responsable de las futuras multas, impuestos y responsabilidad general del vehículo.

Una vez firmado el contrato de compraventa por ambas partes y entregado el vehículo, el comprador dispondrá de 15 días para entregar al vendedor una copia del nuevo Permiso de Circulación, que acreditará el cambio de titularidad.

¿qué documentos necesito para cambiar la titularidad de un coche?

Torrvieja Traductores ahora ofrece una gama completa de servicios de Tráfico (DGT) a las áreas locales. Somos afiliados oficiales de la oficina de la DGT de Elche, lo que significa que podemos trabajar en su nombre. Esto también significa que podemos ir allí en cualquier momento sin cita previa para que usted no tenga que hacerlo. También cubrimos Alicante, Murcia y Cartagena pero sólo somos afiliados a la oficina de Elche.

Este servicio es sólo para personas que tienen la residencia española. Si aún no la tiene, no podemos ayudarle a cambiar su licencia en este momento. Ofrecemos otros servicios que incluyen la residencia española en caso de que la necesite. Esto también se extiende a otra documentación esencial como la obtención de su NIE o Padrón.

La DGT (Dirección General de Tráfico) es la autoridad nacional de tráfico en España. Es lo mismo que la DVLA en el Reino Unido si eres británico o cualquiera que sea la autoridad de conducción de tu país. Es responsable de las leyes de tráfico, la circulación de vehículos y la seguridad vial.

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Por lo general, es necesario justificar el motivo por el que se cambia de domicilio. La identificación típica para esto es su número de NIE, la tarjeta de residencia y el pasaporte. También necesitará un Padrón de los últimos 90 días si su dirección está en el mismo municipio. Otro documento importante es una factura reciente de los servicios públicos de su nueva dirección.

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Impuestos: Justificante de pago/exención/no sujeción al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales pagado en la Comunidad Autónoma donde resida el adquirente, salvo que el vendedor sea un empresario en el ejercicio de su actividad, en cuyo caso se aportará factura. En la C.A. de Cataluña y en la C.C. de Navarra se debe presentar este justificante en todos los casos, excepto para los ciclomotores y determinados vehículos con más de 10 años de antigüedad, para los que no es necesaria la presentación del impreso de autoliquidación (vehículos no históricos y con un valor inferior a 40.000 euros).

Certificado de transporte: en el caso de un autobús o un vehículo de transporte de mercancías con una MAM superior a 6 toneladas y una capacidad de carga superior a 3,5 toneladas, salvo que se acredite electrónicamente en el Registro de Vehículos a Motor de la DGT.

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